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Libertad de expresión o ataque a dignidad, ?hilo delgado? para juzgador

El magistrado precisó que corresponde al juzgador "vencer ese filo de la navaja" y determinar ?si lo que se señala en una propaganda electoral es denigratoria o es una información real para beneficio de la sociedad?

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México.- El presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Alejandro Luna Ramos afirmó que la libertad de expresión y el ataque a la dignidad humana están divididos ?por un hilo muy delgado? y tocará a cada juzgador saber determinar por cuál de los dos lados resolver.En entrevista con Notimex, el magistrado precisó que corresponde al juzgador “vencer ese filo de la navaja” y determinar ?si lo que se señala en una propaganda electoral es denigratoria o es una información real para beneficio de la sociedad?.En noviembre pasado, el TEPJF aprobó la tesis XXXIII/2013 que establece que en el ámbito de las contiendas electorales, en una sociedad democrática la libertad de expresión constituye un elemento primordial de comunicación entre los partidos políticos y el electorado.Además, determinó que la difusión de información relacionada con actividades ilícitas que tenga como finalidad denigrar a las instituciones y a los partidos políticos o calumniar a las personas se encuentra fuera del ámbito de la protección al ejercicio de la libertad de expresión.?Eso es precisamente lo que debe de atender un juez electoral cuando se trata de determinar si está en un aspecto de denigración o en un aspecto de verdadera información?, añadió el titular del Tribunal Electoral Federal.Para Luna Ramos, en toda contienda, sea federal o local, la sociedad mexicana debe estar bien informada para poder emitir un voto, de tal suerte que ?el mejor voto es el voto informado?.Entonces, abundó, al estar la libertad de expresión y el ataque a la dignidad humana divididos ?por un hilo muy delgado, ahí es donde corresponde a la calidad del juez determinar y vencer ese hilo delgado, ese filo de la navaja, como le llaman algunos otros juzgadores y saber determinar por cuál de los dos lados resolver?.El debate e intercambio de opiniones, destacó, debe ser propositivo y crítico, con el fin de que la ciudadanía cuente con los elementos necesarios para determinar el sentido de su voto.Sin embargo, advirtió que el ejercicio de la libertad de expresión en materia político-electoral tiene como restricciones la emisión de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos políticos o que calumnien a las personas.De acuerdo con el TEPJF, el Instituto Federal Electoral (IFE), como órgano competente para verificar el respeto a esa restricción, ?debe ser particularmente cuidadoso en el ejercicio de esa atribución, cuando las denuncias o quejas se formulan contra la propaganda política o electoral difundida por los partidos políticos, cuyo contenido se relacione como la comisión de delitos?.La misma tesis señala, no obstante, que la crítica desinhibida, abierta, vigorosa que forma parte del intercambio de ideas está tutelada por disposiciones constitucionales que se refieren al ejercicio de la libertad de expresión.CHG

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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