Al momento

Descansos

Viene diciembre, sus posadas, vacaciones y ¡descansos obligados! ¿Cuáles y cuántos son?

Y ojo que no todos los días importantes para México del mes de diciembre ameritarán descanso o pago doble

Conoce aquí toda la información sobre los descansos y pagos de las fiestas decembrinas | Imagen ilustrativa - Internet

México. – El mes de diciembre está a la vuelta de la esquina y con él, un sinfín de fiestas entre posadas, la Navidad, el recibimiento del nuevo año, las reuniones familiares, amigos, empresas y otros más que son toda una tradición en nuestro país.

Más sobre descansos, chécalo aquí

Así que si quieres saber cuáles fechas sí o cuales no son obligadas para el trabajo y que si a caso las laboras deben pagarse en tu trabajo con salario al tripe: tu sueldo diario más otros dos, lo mejor es que cheques el dato y muy bien para que no vayas a faltar sn justificación:

Los que NO están marcados como descanso obligado por la Ley Federal del Trabajo

 

  • -1 de diciembre: recordemos que en esta fecha se hacía la transmisión del cambio de poderes federales en México, sin embargo esta fecha quedó eliminada ya que se traslado al 1 de octubre ¿lo recuerdas?
  • -12 de diciembre: millones de mexicanos son devotos de la Virgen de Guadalupe, sin embargo su máxima celebración NO está considerada como una fecha feriada; los fieles deberán acudir a venerarla en sus tiempos libres.
  • Y algo que hace que muchos piensen que dicha fecha es feriada, es la cancelación de la actividad en los bancos, pero eso es debido al Día del Empleado Bancario, en el que suspenden actividades en todo el país.
  • -28 de diciembre: y no, no permitas que te engañen ya que esta fecha no es para nada de suspensión laboral obligada; “inocente palomita no te te mientan”

Conoce más en relación al pago de los días festivos

Y defnitivamente NO, la ruta Guadalupe Reyes no te da todos los días de descanso así como tampoco las tradicionales posadas que arrancan el 16 y terminan el día 24 de diciempre

Los destacos que SÍ son obligados con descanso o pago triple y que están debidamente marcados por la Ley Federal del Trabajo

 

  • -25 de diciembre: si la Navidad te traerá de “regalo” la portunidad de un empleo, tu patrón debe compenarlo con un pago triple ¡es lo de ley!
  • -1 de enero: este descanso ya corresponde al Año Nuevo, pero muchos se van con la “viada” desde el día 31; al igual que la Navidad también se paga al triple así que si trabajas espera iniciar el año con dinerito extra.

Debes leer: Avanza iniciativa que propone 2 semanas de descanso con goce de sueldo a trabajadoras en caso de aborto

Y si eres maestro, directivo o administrativo de la Secretaría de Educación Pública, podrás disfrutar del periodo vacacional de invierno del 19 de diciembre 5 de enero, ya que el 6, 7 y 8 del primer mes del año los talleres de capacitación te esperan.

Los trabajadores del estado también tienen su periodo vacacional en diciembre, aunque en cada dependencia establecen fechas diversas y algunos se deberán quedar de guardia.

Te puede interesar: El pino de Navidad de menos de mil pesos de Home Depot y con excelentes calificaciones

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Alma Rosa Aguirre Lugo

Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

Alma Rosa Aguirre Lugo

Ver más

Al momento

Suscríbete a nuestro boletín

Para tener la información al momento, suscríbete a nuestro boletín en el tendrás las últimas noticias de Sinaloa, México y el mundo.