Los Mochis, Sin.-Magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito, con sede en Mazatlán, resolvieron por unanimidad de votos a favor de Gas y Petroquímica de Occidente (GPO), al considerar como infundada la queja interpuesta por algunos miembros de la comunidad mayo-yoreme en relación con la consulta indígena realizada para la instalación de la planta de fertilizantes en la bahía de Ohuira.
La resolución, correspondiente al expediente 12/2023, ratifica la sentencia emitida el 27 de febrero de 2023 por el Juzgado Sexto de Distrito que había considerado cumplida la obligación de realizar la consulta indígena, en donde la mayoría de las comunidades otorgaron su consentimiento para la instalación de la fábrica, con lo cual se resolvía el amparo 528/2018.
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Con este fallo, emitido el jueves 8 de agosto, se confirma la validez del proceso consultivo llevado a cabo, garantizando que se cumplieron las normativas requeridas para este tipo de proyectos petroquímicos que en este caso es para fabricar fertilizantes para la actividad agrícola que es el sector productivo primario de Sinaloa.
Este veredicto representa un paso importante para GPO, asegurando que la empresa ha actuado conforme a derecho en el proceso de instalación de la planta, al tiempo que se reafirma el compromiso de GPO con las comunidades y las leyes que rigen el sector petroquímico en México.
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