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TEESIN ordena revocar resolución del PRD que impugnó Amada Hernández por violencia política de género

El TEESIN consideró dicha resolución, al advertir que la autoridad responsable se limitó únicamente a realizar el estudio de las conductas denunciadas sin atender el marco normativo correspondiente

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TEESIN ordena revocar resolución del PRD que impugnó Amada Hernández por violencia política de género | Créditos: Cortesía

Culiacán, Sinaloa.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) revocó la resolución con fecha del 8 de septiembre de 2022, emitida por el órgano de justicia interpartidaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD) e impugnado por la ciudadana Amada Hernández Madueña, para efecto de que se emita una nueva en la que se estudie y resuelva la controversia planteada por la actora, atendiendo el marco normativo correspondiente.

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Lo anterior, después de que la parte actora manifestó en su escrito de demanda que la resolución impugnada es violatoria a sus derechos y de la normativa aplicable en materia de violencia política contra la mujer en razón de género, pues argumentó que al momento de emitir la misma, el órgano de justicia interpartidaria del PRD, no la juzgó con perspectiva de género, y fue Kareli Parra, secretaria de estudio y cuenta de la ponencia quien leyó el documento.

“Su dicho, bajo el argumento de que la autoridad responsable realizó diversas violaciones al debido proceso y motivó su resolución en el estudio de las conductas atribuidas al tercero interesado con base en la jurisprudencia 21/2018, del rubro violencia política de género”, agregó.

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respecto, Kareli Parra puntualizó que este tribunal, al estar resolviendo un asunto de violencia política en razón de género, en el que se alega que se emitió una resolución sin juzgar con perspectiva de género y con la finalidad de brindar una amplia protección de los derechos fundamentales a la actora, tiene la obligación de actuar con la debida diligencia para prevenir una posible afectación de los derechos políticos electorales de la misma.

Por ello, agregó que, al advertir que la autoridad responsable se limitó únicamente a realizar el estudio de las conductas denunciadas con base a la jurisprudencia antes referida, sin atender el marco normativo correspondiente para aquellos casos que traten sobre hechos o actos posibles constitutivos de violencia política o razón de género, como la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Sinaloa, fue que por unanimidad de votos se decidió revocar la resolución.

Fuente: Línea Directa.

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Beatriz Piña

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