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Teesin confirma decisión del IEES: Revocación de mandato no es retroactiva y no aplica para Rubén Rocha

El proyecto para desechar una impugnación ciudadana y confirmar la resolución del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa fue aprobado tras un empate de dos votos y recibir el voto de calidad de la magistrada presidenta, Carolina Chávez

Foto: Cortesía. | Revocación de mandato no es retroactiva y no aplica para Rubén Rocha.

Culiacán, Sin.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) reafirmó la validez del acuerdo emitido por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) donde se declara improcedente la solicitud de revocación de mandato contra el gobernador Rubén Rocha Moya.

La sesión resolutiva del IEES tuvo lugar el 13 de noviembre de 2024, mientras que este 25 de febrero de 2025, el Tribunal Electoral discutió si el consejero presidente del Instituto tenía o no la competencia para aceptar la solicitud de revocación.

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La discusión se derivó de una impugnación de un ciudadano, que argumentaba una violación a los derechos de participación debido al rechazo de la solicitud, sin embargo, esto fue resuelto por el Tribunal con dos votos a favor y dos en contra.

La magistrada presidenta, Carolina Chávez Rangel, emitió un voto de calidad para desempatar, confirmando así la improcedencia de la impugnación.

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Con esta resolución, se determinó que la petición no era válida, ya que en noviembre del año pasado se había resuelto el caso en el sentido de la ley no es retroactiva y la revocación de mandato fue aprobada durante el actual sexenio, por lo cual no es aplicable en el actual periodo de gobierno, sino hasta el siguiente.

Durante los posicionamientos, la magistrada Aida Inzunza Cázarez, quien votó a favor de la resolución, explicó además que las leyes establecen que solo se puede presentar una vez la solicitud de revocación de mandato y en un periodo mayor a los tres años de gobierno.

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Dado que la solicitud ya había sido presentada, discutida y resuelta previamente, dijo, no es posible admitir peticiones de revocación de manera ilimitada, ya que ello las haría inválidas.

“La revocación de mandato del gobernador del estado, se podrá solicitar en una sola ocasión, y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año constitucional. Ante estas solicitudes que se presentaron, en el IEES emitieron una resolución y declararon la no procedencia, este cuadro, nadie lo impugnó, por eso quedó firme”, explicó la magistrada Inzunza.

Finalmente, tras analizar los argumentos de cada magistrado presente, la sesión concluyó con la reafirmación de que no hubo violación a los derechos de los ciudadanos que presentaron la solicitud de revocación, ya que esta fue atendida, analizada y resuelta en su momento.

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Fuente: LÍNEA DIRECTA

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Julieta Tolosa

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