Culiacán, Sinaloa.- Improcedente bajo el delito de violencia política con razón de género dictaminó el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa a la denuncia hecha por la síndica procuradora del municipio de Escuinapa, Olivia Santibáñez Domínguez en contra del alcalde Emmett Soto Grave y funcionarios municipales.
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Con dos votos en contra y tres a favor, los magistrados de la sala local no notaron conductas contrarias a la normatividad electoral por parte del presidente municipal y los titulares de la Tesorería, Oficialía Mayor, Recursos Humanos, Servicios Públicos, Obras Públicas, Ecología y el gerente de la Junta Municipal de Agua Potable, además de cuatro regidores, tres de ellos varones, al no responder los oficios y con ello entorpecer la labor de la síndica procuradora.
“Magistrada Maizola Campos Montoya, con mi propuesta; magistrada Chávez Rangel, en contra anunciando voto particular; magistrada Aída Inzunza Cázares, en contra anunciando voto particular; magistrado Luis Antonio Santana Barraza, con el proyecto secretario; magistrada Verónica Elizabeth García Ontiveros, a favor secretario”.
El dictamen con clave TESIN PCE42/2021 fue desechado por la mayoría de los magistrados, aunque hubo dos de ellos quienes argumentaron que el hacer caso omiso de forma reiterativa y entorpecer el trabajo de la oficina de Santibáñez Domínguez, por lo cual se buscaba una sanción de parte de la autoridad electoral, sin embargo, se determinó que los hechos acreditados no constituyen violencia política en razón de género, así mismo se emitió un cese a las medidas cautelares dadas a la síndica procuradora.
Votación:
Magistrada Aida Inzunza Cazares: en contra
Magistrada Carolina Chávez Rangel: en contra
Magistrada Maizola Campos Montoya: a favor
Magistrado Luis Antonio Santana: a favor
Magistrada presidenta Verónica Elizabeth García Ontiveros: a favor