Culiacán, Sin.– No es un asunto de pimpón, la sociedad y la comunidad universitaria merece de una investigación si lo que yo estoy diciendo es una falta a la verdad o lo que dicen otros, expresó el diputado presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, Feliciano Castro Meléndrez, tras lo anunciado respecto a las suspensiones definitivas negadas y otorgadas a consejeros universitarios que buscaban ampararse en contra de la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa.
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El legislador recordó que lo que existe hasta el momento y la verdad es lo que ya se ha dicho que el juzgado primero no le otorgó la suspensión definitiva a tres consejeros universitarios en artículos que tienen que ver con la consulta, que el juzgado segundo otorgó suspensión definitiva a cinco consejeros universitarios, en relación al artículo 59, que se refiere a la evaluación de los docentes, y el juzgado séptimo de Los Mochis ni siquiera le dio entrada.
Agregó que el amparo tiene relatividad, es decir, que después de que se otorga la suspensión todavía falta otra fase del amparo que tiene que ver con la sentencia y es con lo que concluye, destacando que la misma aún no se emite y por ende no está la última palabra.
“El tema de la consulta en particular hasta ahorita lo que han resuelto los jueces, el séptimo de Los Mochis, es desechar la solicitud de amparo, el primero de Culiacán es no otorgarle la suspensión definitiva y el segundo con sede en Culiacán les otorga en expedientes acumulados, suspensión definitiva solo en el artículo 59, el tema de la consulta consagrado en el artículo tercero se mantiene en ese sentido con condición tal cual lo establece la ley, en la consulta no está tocada en estos casos”, dijo.
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Castro Meléndrez puntualizó que afortunadamente se vive en un estado de derecho, donde cualquier individuo puede acudir a las instancias correspondientes si cree que se le afecta sus derechos, pero, apuntó que solo el poder Judicial, los jueces, la corte, es la única que puede interpretarlo y si el juez otorga suspensión sólo tiene aplicación para el consejero universitario.