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Responde PGJE a Ismujer por qué no tipificó como feminicio el caso Karla

El delito de homicidio doloso agravado cometido con premeditación y ventaja por el que fue consignado el victimario de la menor alcanza una penalidad de 22 a 50 años, similar a la pena por feminicidio, aseguró el subprocurador en la zona norte

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Los Mochis, Sin.- El
delito de homicidio doloso agravado cometido con premeditación y ventaja con
arma blanca por el que fue consignado Domingo Espinoza Reina, de 66 años de
edad, presunto victimario de la menor Karla María, alcanza una penalidad de 22
a 50 años, similar a la pena por feminicidio, aseguró el subprocurador de
Justicia en la zona norte, José Francisco López Leal.
Cuestionado sobre por
qué no tipificó como feminicio el asesinato de estudiante de la UAS en Guasave,
el fiscal explicó que el tipo de homicidio anteriormente citado está plenamente
demostrado, mientras que el feminicidio tendría que acreditarse.
?En este evento hay
algunos elementos que no se podrían configurar; no es que uno diga no queremos
encuadrar, sino que tenemos que ver las circunstancias que encierran y que
están alrededor del evento criminal y es el que nos va ir dando la pauta de por
qué delito?, dijo.
El subprocurador citó
que la PGJE siempre procura las penas mayores para los indiciados y que el
feminicidio maneja penalidad de 22 a 50, mientras que un homicidio con
cualquiera de las agravantes por las que fue consignado el presunto responsable
tiene pena similar, por lo que lo único que podría variar es la denominación
del crimen por el que se ejerció acción penal en la averiguación previa
50/2012.CHG

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

Editor de Contenidos

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