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¿Qué es la voluntad Anticipada? La ley que permite a enfermos terminales una muerte digna

¿Prolongar la vida más allá del medio natural? Esta ley fue propuesta por la senadora sinaloense Imelda Castro este jueves y pretende que se respete la decisión del paciente

La ley fue propuesta por la senadora sinaloense Imelda Castro.
La ley fue propuesta por la senadora sinaloense Imelda Castro. | Línea Directa

Guasave, Sin.- La Ley de Voluntad Anticipada establece que toda persona mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales puede realizar una declaración de voluntad anticipada ante notario para decidir el procedimiento de atención en caso de estar frente a una enfermedad terminal.

En el sentido estricto del significado es el acto mediante el cual una persona expresa su voluntad sobre los tratamientos y cuidados de salud que desea recibir en caso de encontrarse en una situación de enfermedad terminal.

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La Ley General de Voluntad Anticipada que fue propuesta este jueves por la senadora de la República, la sinaloense Imelda Castro, y promueve los cuidados paliativos y busca el mayor confort del paciente respetando que la muerte llegue de manera natural.

La eutanasia, a diferencia, busca terminar con la vida del paciente y no está regulada legalmente en México.

De acuerdo a la información que el Gobierno de México establece en su página oficial la Ley de Voluntad Anticipada es el derecho a una muerte digna.

“La medicina moderna ha incrementado la esperanza de vida para todos. Sin embargo, los procedimientos médicos someten al enfermo terminal al uso de aparatos médicos que lo mantienen vivo de manera artificial, prolongando su agonía y sufrimiento; en atención a ello, se creó la Ley de Voluntad Anticipada que permite a enfermos terminales decidir si continuar o no con tratamientos que prolonguen su vida”, puntualiza.

Es importante entender que esta ley no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final de la vida, es decir, ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante esta última etapa.

La Ciudad de México fue la primera entidad de la nación en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008. Esta iniciativa ha sido aprobada en 14 estados de la República, en los cuales, más de 10 mil personas han firmado el documento desde la fecha en que se estableció.

Las entidades que cuentan con esta regulación son: Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala. En el resto del país no es legal.

En la Ciudad de México las mujeres, los solteros y las personas mayores son los más interesados en tener una muerte digna si padecen alguna enfermedad terminal. El 60 por ciento de las solicitudes de voluntad anticipada son firmadas por personas que tienen de 61 a 80 años, y el 64 por ciento de las personas que otorgan su voluntad anticipada son mujeres.

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Es importante aclarar que voluntad anticipada no es lo mismo que eutanasia. La voluntad anticipada regula la ortotanasia; es decir, la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal. La legislación no permite la eutanasia o acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente.

No es necesario estar enfermo o sufrir un accidente para firmar la voluntad anticipada. De manera preventiva, cualquier persona mayor de edad puede hacerlo, acreditando su identidad, eligiendo a sus representantes y expresando su voluntad. Al elaborar el documento, la persona tendría la oportunidad de manifestar si desea o no donar sus órganos después del deceso y en ese sentido el 50 por ciento de las personas ha manifestado su voluntad a favor de la donación.

Fuente: Línea Directa

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Martha L. Castro

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