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Proponen tipificar como delito el reclutamiento de menores para actividades delictivas en Sinaloa

Los diputados del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura presentaron una iniciativa para reformar y adicionar el Código Penal del Estado, a fin de tipificar de manera específica el delito de reclutamiento de personas menores de edad para realizar actividades delictivas

Diputados locales por Morena.
Diputados locales por Morena. | Cortesía

Culiacán, Sinaloa. Los diputados locales por Morena presentaron una iniciativa que propone tipificar de manera específica el delito de reclutamiento de personas menores de edad para realizar actividades delictivas en Sinaloa.

De acuerdo con un comunicado dado a conocer este martes 24 de febrero de 2026, la propuesta plantea la creación del artículo 274 Bis F, que sanciona de 10 a 20 años de prisión y de 800 a mil 600 días multa a quien reclute, induzca, obligue o incorpore a menores de 18 años en la comisión de delitos.

Además, se establece que las penas se incrementarán hasta en una mitad cuando exista parentesco, violencia, participación de servidores públicos o condiciones de vulnerabilidad de la víctima.

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La iniciativa responde al incremento de adolescentes vinculados a procesos penales en la entidad y atiende el principio constitucional del interés superior de la niñez, alineándose con compromisos nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.

Asimismo, se reforma el artículo 273 para delimitar el delito de corrupción de menores y fortalecer la protección integral de niños y adolescentes.

Con esta acción, el grupo parlamentario de Morena reafirmó su compromiso con la protección de la infancia y el fortalecimiento del marco jurídico para cerrar el paso a la utilización de menores por estructuras delictivas en Sinaloa.

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¿De cuánto es la pena máxima que recibe un menor de edad que es vinculado a proceso por estar involucrado en hechos delictivos en Sinaloa y México?

En México, incluyendo Sinaloa, los menores de edad que cometen delitos no son juzgados como adultos, sino bajo la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, que prioriza la reinserción social. Los menores de 12 años no pueden recibir sanciones penales, en su caso se aplican medidas de asistencia. En cambio, quienes tienen entre 12 y 17 años sí pueden ser vinculados a proceso dentro del sistema especializado para adolescentes.

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La pena máxima de internamiento depende de la edad: de 12 a 14 años es hasta 1 año; de 14 a 16 años hasta 3 años, y de 16 a 18 años hasta 5 años, incluso tratándose de delitos graves. Estas sanciones son mucho menores que las de los adultos y se consideran medidas excepcionales dentro del sistema juvenil en todo México, incluido Sinaloa.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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