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Los Mochis, Sin.- Los ministros de la Segunda Sala encargada de sesionar en asuntos en materia administrativa y laboral deliberaron el caso del Amparo en Revisión: 496/2021 del juicio de amparo: 528/2018, del Juzgado Sexto de Distrito del Estado de Sinaloa, interpuesto por pescadores indígenas mayo-yoreme del campo pesquero Lázaro Cárdenas por la emisión de la Manifestación de Impacto Ambiental sin realizar previamente una consulta a los pueblos originarios.
El caso fue expuesto por el ministro ponente, Alberto Pérez Dayan, quien dio a conocer los pormenores a los integrantes de la sala, quienes, tras valorar el caso, determinaron votar por unanimidad con esta sentencia.
“Amparo en revisión: 496/2021 del juicio de amparo: 528/2018, propone, primero, se confirma la sentencia recurrida. Segundo, la justicia de la unión ampara y protege a la comunidad quejosa para los efectos del fallo recurrido y con las condiciones establecidas en el último considerando de la presente ejecutorial, tercero, queda sin materia el recurso adhesivo”, se dijo en el pleno.
Cabe señalar que falta que se dé a conocer qué efectos y bajo qué condiciones establecidas por la autoridad judicial.
Es importante precisar, que la solicitud de juicio de amparo ante el Juzgado Sexto de Distrito en Los Mochis se dio porque los pescadores indígenas consideraron que la Semarnat no los consultó como establece la legislación en México.