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Estrada Ferreiro no puede regresar como presidente municipal de Culiacán, determina Teesin

Durante la discusión, que se empató en un primer momentos, los magistrados argumentaron que existe un impedimento jurídico y legal debido a que Estrada aún está enfrentando procesos penales, donde no se le ha absuelto

El exalcalde de Culiacán Jesús Estrada Ferreiro al exterior del Centro de Justicia Penal y Oral zona centro
Foto: Archivo Línea Directa | Jesús Estrada Ferreiro, exalcalde de Culiacán, en la Sede Regional de Justicia Penal Acusatoria y Oral Centro

Culiacán, Sinaloa.- Derivado del ejercicio de voto de calidad de la magistrada presidenta, al darse un empate en la votación del proyecto, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) confirmó el acuerdo emitido por el Cabildo de Culiacán en el que negó la reincorporación al cargo en la Presidencia Municipal de Culiacán a Jesús Estrada Ferreiro.

Norma Alicia Arellano Félix, secretaria de Estudio y Cuenta, expuso que en el proyecto el exalcalde manifiesta que se transgrede su derecho de ser votado en la vertiente del ejercicio efectivo del cargo, ya que las responsables no le permiten reincorporarse al mismo.

Apuntó que también expresa que no se encuentra limitado ni impedido para ejercer el cargo de presidente municipal toda vez que no ha sido sentenciado por ninguna autoridad ni inhabilitado para ejercerlo ni tampoco tiene medida restrictivas de ninguna naturaleza.

Por último, señaló que realiza diversas manifestaciones relacionadas con los procedimientos de desafuero y sobre los procesos penales instaurados en su contra.

Sin embargo, el proyecto propuso declarar sin fundamento los motivos de discenso dado que en este momento, Estrada Ferreiro no puede reincorporarse a su cargo como presidente municipal en Culiacán al existir un impedimento legal, la declaratoria de procedencia, donde al respecto se pronunció la magistrada presidenta Verónica Elizabeth García.

“Por lo que voto a favor del proyecto ya que en mi opinión se debe de confirmar el acto impugnado dado que existe un impedimento legal para que el actor se reincorpore a su cargo”, manifestó.

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Durante la lectura del proyecto también se dijo que si bien la licencia temporal de 6 meses concedida al actor ya concluyó y el interesado llevó a cabo las acciones o gestiones necesarias para ejercerlo nuevamente dentro del periodo para el cual fue electo de 2021 a 2024, lo que de manera ordinaria generaría que retomara su cargo, esto no es posible ya que fue removido de este hasta que se le absuelva de los procesos penales instaurados en su contra.

Lo anterior, con base en los acuerdos 72 y 73 emitidos por el Congreso, en los que se determinó que ha lugar a proceder penalmente en su contra, la insubsistencia de su fuero constitucional, la separación  y la vacante de su cargo como presidente municipal de Culiacán.

Además, de las constancias remitidas al TEESIN por parte de la Fiscalía General del Estado (FGE), por lo que en respuesta al requerimiento efectuado por dicho órgano jurisdiccional, se advirtió que los procesos penales instaurados en contra de Estrada aún se encuentran en curso sin que al momento se haya dictado sentencia absolutoria o a favor del promovente.

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Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Constitución local y de lo resuelto por la Sala Guadalajara en la sentencia SGJDC- 121- 2022, el exalcalde cuenta con su derecho de reincorporarse a su cargo como presidente municipal de Culiacán, siempre y cuando sea absuelto en los procesos penales iniciados en su contra y ocurra durante el periodo para el cual fue electo.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

FotógrafoReportero

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