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SESIÓN ORDINARIA

El IEES otorga cinco titularidades a profesionales del SPEN

Al personal que obtiene la titularidad se le entregará de estímulo, y por única ocasión, el equivalente a un mes de salario

El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) realizará el debate entre los candidatos a la presidencia municipal de Culiacán.
Foto: Línea Directa | El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa

Culiacán, Sinaloa. En sesión ordinaria, el Consejo General del IEES aprobó el otorgamiento de titularidad a cinco integrantes del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) de este órgano electoral.

Se trata de Isabel Georgina García López, Guillermina Martínez Contreras, Verónica Wendoly Cortez Wong, María del Carmen Pérez Colín y Cuitláhuac Alberto Barajas Escalante, dio a conocer la consejera electoral y titular de la Comisión de Vinculación con el INE y de Seguimiento al Servicio Profesional Electoral Nacional, Judith Gabriela López del Rincón.

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Informó que de acuerdo al Estatuto del SPEN y de la Rama Administrativa, se establece que corresponde al Órgano Superior de Dirección en cada Organismo Público Local (OPL) y a sus integrantes, observar las disposiciones generales, reglas, lineamientos, criterios y formatos relativos al servicio que establezca el INE para realizar nombramientos, ascensos, promociones o actos en términos de las disposiciones establecidas y demás normativa aplicable.

Al personal que obtiene la titularidad se le entregará de estímulo, por única ocasión, el equivalente a un mes de salario, además de un reconocimiento y la promoción de su puesto al rango “A”.

Cabe destacar que en el artículo 19 de los lineamientos para el otorgamiento de la titularidad y de la promoción en rango, en el nivel del cargo y puesto que ocupe, al personal del SPEN en el sistema de los OPLs, se determina que dentro de los requisitos para obtener la titularidad por parte de los aspirantes es que hayan cumplido con un ciclo institucional trianual completo de permanencia en el nivel del cargo o puesto que ocupe en el OPL, que abarque un proceso electoral local ordinario.

Así también, que tengan acreditados con un promedio general de calificaciones igual o superior a 8, en una escala de 0 a 10, los módulos del Programa de Formación correspondiente al ciclo trianual previo, y el ciclo trianual institucional íntegro de la evaluación del desempeño, asimismo, que no hayan sido objeto de una sanción por una falta calificada como grave o muy grave durante el ciclo trianual valorado para el eventual otorgamiento de la titularidad.

Fuente: Línea Directa

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Carola Rojo

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