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El fuero respalda a Síndica Procuradora no puede ser destituida por abuso de poder: Órgano Interno de Control

Si hay elementos suficientes que respalden la comisión de un delito, esa denuncia tendrá que ser promovida por el Congreso del Estado

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Guasave, Sin. – Es imposible que el Órgano Interno de Control inicie por oficio investigación en contra de la Síndica Procuradora, Georgina Burciaga Armenta, por abuso de poder y usurpación de funciones como lo señaló el Director general de Asuntos Jurídicos del Ayuntamiento, Luis Miguel Gonzalez, aclaró el titular del Órgano Interno, Juan Ramón Bojórquez Cempoalt.

Detalló que la funcionaria, tanto los regidores, como el Presidente municipal los respalda un fuero que lo emana el artículo 132 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa quienes cuentan con un proceso especial, denominado “juicio de procedencia” el cual debe de promoverse para que se despegue de ese beneficio.

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 “La persona servidora pública que se refiere el director general, está amparada bajo el 132 de la Constitución del Estado de Sinaloa que señala que, entre otros, Presidentes Municipales, Síndicos Procuradores, así como regidores cuentan con un proceso especial que le llaman juicio de procedencia, que debe de ventilarse para que se les despoje de esta coraza…”

¿Tiene fuero entonces, la síndico, en ese sentido?

“En los términos que usted lo menciona y lo sintetiza, lo dijo muy bien”, afirmó.

Esto viene en torno a las declaraciones del jurídico del Ayuntamiento respecto a un supuesto delito que había cometido la Síndico Procurador, en asumir una responsabilidad que no le correspondía en el que presuntamente se violaba a la Ley del Gobierno Municipal en el Estado de Sinaloa en su artículo 38, pues le tomó protesta y dio nombramiento a Mayra Loya Navarrete como directora General de Asuntos Jurídicos cuando la facultad, la sintetiza única y exclusiva del alcalde.

De esa postura, el funcionario González Valle giró el exhorto al Órgano Interno de Control para que siguiera el tema por oficio, pero de acuerdo a lo fichó por el titular del mismo OIC, no es un asunto que le competa, pues primero tiene que pasar por el poder legislativo local para ese juicio de procedencia que al que están sujetos los funcionarios que cuenta con el fuero de respaldo.

Fuente: Internet

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Alma Camacho

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