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El acoso tiene castigo ¡Denúncialo!

México.- Probablemente nada pueda hacer más vulnerable a una persona como el acoso. Vivir bajo el hostigamiento, persecución y vigilancia de una persona hacia tu persona,...

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México.- Probablemente nada pueda hacer más vulnerable a una persona como el acoso.

Vivir bajo el hostigamiento, persecución y vigilancia de una persona hacia tu persona, puede generar desde problemas de seguridad social, física y psicológica.

El acoso no excluye a nadie, lo pueden vivir adultos o niños, y la forma va desde la persecución, vigilancia hasta el envío de mensajes insinuantes, amenazantes o sexuales.

Código Penal Federal, artículo 259 Bis: “Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa; Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo. Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño. Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida”.

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Este delito consiste en realizar alguna de las siguientes conductas de manera reiterada y sin ningún tipo de autorización de la persona afectada:

  • Vigilar, perseguir o buscar la cercanía física de la víctima.
  • Establecer contacto con la víctima o intentarlo a través de cualquier medio de comunicación o por medio de otras personas
  • Utilizar de forma indebida los datos personales de la víctima para adquirir productos o servicios o que terceras personas se pongan en contacto con ella.
  • Atentar contra su libertad o contra su patrimonio o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a la víctima.

Este delito tiene estas penas legales:

  • -En el caso en que la víctima sea una persona vulnerable, por su edad o por enfermedad, la pena será de prisión de 6 meses a 2 años.
  • -Si el delito se comete contra el cónyuge, ascendientes o descendientes se podrá imponer una pena de prisión de 1 a 2 años o trabajos en beneficio de la comunidad de 60 a 120 días.

Si te sientes vulnerado ante alguna actitud de acoso ya sea por algún familiar, personal de tu trabajo, escuela, u otros, no dudes en denunciarlo.

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

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