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CONGRESO DE SINALOA

Diputados aprueban reformas para eliminar como requisito pertenecer al SNTE 27 para recibir aguinaldo

En el régimen transitorio del proyecto de Decreto se propone establecer el inicio de vigencia del mismo que será a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa"

Diputados aprueban reformas para eliminar como requisito pertenecer al SNTE 27 para recibir aguinaldo | LD

Culiacán, Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad, es decir con 36 votos a favor, reformar los párrafos segundo y tercero de la fracción XXXII del artículo 145 de la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa, con el objetivo de suprimir la porción normativa en la que se hace referencia a la sección 27 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación y eliminar como requisito pertenecer al SNTE 27 para que trabajadores de la educación reciban aguinaldo.

Lo anterior, debido a que en la ley se establecía que de manera particular los trabajadores de la educación jubilados y pensionados federalizados, afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación sección 27, así como los trabajadores jubilados y pensionados homologados de educación media superior y superior en la entidad, tienen derecho a percibir un aguinaldo de 65 días de salario de la respectiva cuota diaria de pensión.

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También, los trabajadores de la educación federalizados pertenecientes a la sección 27 del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación jubilados y pensionados que se encuentran dentro del régimen de cuentas individuales, recibirán 25 días de aguinaldo por parte del Gobierno del Estado, lo cual incumple lo referido en la tesis referente a que la ley debe ser aplicable a todas las personas que se coloquen dentro de la hipótesis que indican, y no estén dirigidas a una persona o grupo de personas individualmente determinado, como lo son aquellas adheridas a la sección 27 del SNTE, lo cual, conculca su derecho de libre asociación y libertad sindical.

Por todo lo anterior, se planteó suprimir las porciones normativas que hacen referencia a la sección 27 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, en el artículo 145, fracción XXXII, párrafos segundo y tercero, sin que esto signifique la eliminación del derecho a que se refiere el contenido de la norma, sino por el contrario, que dicho derecho debe ser interpretado en sentido amplio, en favor de esa sección, de ese sindicato y de cualquier otro que exista o sea susceptible de existir de acuerdo a los intereses de los trabajadores de la educación que prestan sus servicios en el Estado de Sinaloa, asimismo, se considera viable hacer modificaciones al contenido de los párrafos aludidos para efecto de clarificar la redacción de la norma sin las referentes antes descritas, donde en la discusión del dictamen participó el diputado presidente de la Comisión de Educación Pública y Cultura, José Manuel Luque Rojas.

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“Al hacerlo estamos resolviendo dos cosas: uno, el respeto irrestricto al derecho de los trabajadores y un reconocimiento a su labor y la obligación del estado de corresponderle en este caso con el complemento del aguinaldo y en segundo lugar poner toda esta legislación que es violatoria de un conjunto de normas de carácter internacional y de la propia constitución”, dijo.
Cabe mencionar que en el régimen transitorio del proyecto de decreto se propone establecer el inicio de vigencia del mismo que será a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

Fuente: Línea Directa.

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Beatriz Piña

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