Culiacán, Sin.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) declaró inexistentes actos anticipados de campaña atribuidos al partido Movimiento Ciudadano y al ciudadano Fausto García Meza.
El pleno del Tribunal, mediante el procedimiento especial sancionador TESIN-PSE-07/2024, emitió sentencia, declarando la inexistencia de las infracciones señaladas, luego de una queja interpuesta ante el árbitro electoral por parte del Partido Sinaloense (PAS).
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De acuerdo al resolutivo, el PAS presentó denuncia por la probable comisión de actos anticipados de campaña por publicaciones en una página de la red social Facebook de un video y diversas imágenes con los colores, la música y frases características del partido Movimiento Ciudadano.
La queja del PAS señala además que se utilizó además la imagen del ciudadano denunciado reunido con personas, lo que a consideración del partido denunciante actualiza la infracción, pues aún no ha sido registrado como aspirante o candidato, ni han empezado los periodos de campaña.
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Y en ese sentido es que el Teesin determinó mediante el análisis de los elementos de la ponencia de la magistrada Carolina Chávez Rangel, que para el caso se deben acreditar de manera personal, temporal y subjetivo estos señalamientos, por lo que determinó que Fausto García no realizó manifestaciones explícitas con finalidad electoral, ni solicitó apoyo para votar a su favor o publicitó plataforma electoral con el fin de obtener la candidatura a la presidencia municipal de Badiraguato.
Tampoco se advirtió el uso de alguna frase como “vota por”, “elige a”, “apoya a” o algún equivalente funcional, de ahí que tampoco se pudo imputar el partido político responsabilidad por su “deber de cuidado” (culpa in vigilando).