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SENTENCIA

Declara Teesin inexistenes infracciones señaladas por el PAS contra gobernador Rocha Moya

El Tribunal Electoral en sesión jurisdiccional determina la inexistencia de infracciones atribuidas por el Partido Sinaloense al gobernador de Sinaloa

El Tribunal Estatal Electoral emitió sentencia determinando la inexistencia de las infracciones atribuidas al gobernador.
El Tribunal Estatal Electoral emitió sentencia determinando la inexistencia de las infracciones atribuidas al gobernador. | Línea Directa

Culiacán, Sin.- El Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (Teesin) declara inexistentes las infracciones denunciadas por el Partido Sinaloense (PAS) en contra del gobernador Rubén Rocha Moya por manifestaciones en un evento realizado en Ahome.

En el Procedimiento Especial Sancionador TESIN-PSE-04/2024, el Tribunal Estatal Electoral emitió sentencia determinando la inexistencia de las infracciones atribuidas al gobernador.

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El PAS presentó denuncia por la presunta comisión de conductas que violan el artículo 134 Constitucional, particularmente, por promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, así como actos anticipados de campaña en un evento donde se inauguró la rehabilitación de una vialidad, donde Rocha Moya habría realizado manifestaciones relativas a un aspirante a la presidencia municipal de Ahome.

Al respecto, el Tribunal determinó que los hechos denunciados no constituyen infracción al artículo mencionado, esto, en primera instancia porque los portales mediante los cuales se difundió el evento, no son medios oficiales del estado o pertenecientes al gobierno, contrario a lo señalado por el partido quejoso.

Teesin determinó la inexistencia de infracciones atribuidas por el Partido Sinaloense al gobernador de Sinaloa.

Teesin determinó la inexistencia de infracciones atribuidas por el Partido Sinaloense al gobernador de Sinaloa.

Además, de acuerdo al resolutivo, no se acredita que el gobernador sea el que esté aspirando o contendiendo a algún cargo de elección, ni sus manifestaciones fueron hechas con el propósito de generar simpatía en la ciudadanía que busque posicionarse en el proceso electoral.

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Y en ese sentido, el Teesin declaró inexistentes actos anticipados de precampaña, pues del análisis de los elementos que para el caso se deben acreditar (personal, temporal y subjetivo) determinó que el gobernador no realizó las manifestaciones con la intención de posicionarse frente a la ciudadanía para anunciar que aspirara a un puesto de elección popular; ni que de sus manifestaciones se advierta un llamado explícito de voto.

Es por ello que el Tribunal, por mayoría de votos, determina inexistentes las infracciones atribuidas al Gobernador del Estado.

Fuente: Línea Directa

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Aarón Ibarra

Reportero

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