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Congreso interpone recurso de revisión sobre resolución a favor de Estrada sobre juicio político

El recurso de revisión fue interpuesto ante el Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito con Sede en Mazatlán

Congreso interpone recurso de revisión sobre resolución a favor de Estrada sobre juicio político
Beatriz Piña | Congreso interpone recurso de revisión sobre resolución a favor de Estrada sobre juicio político

Culiacán, Sin.- Para que analicen la sentencia, al encontrar ciertas inconsistencias e incongruencias dentro de la misma, desde el Congreso del Estado diputados de la 64 Legislatura interpusieron un recurso de revisión ante el Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito con sede en Mazatlán sobre el amparo que el exalcalde de Culiacán anunció que ganó, mismo que interpuso ante la Federación en contra del Congreso del Estado por presuntas violaciones a sus derechos humanos en el proceso de juicio político sobre las tarifas de agua potable para las personas con discapacidad y adultos mayores, declaró el director de Asuntos Jurídicos, Donato Vega.

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Ante lo que se ordena en el documento de que la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso del Estado emita un acuerdo en el que declare improcedente la denuncia de procedimiento de juicio político JP/004/2022, aseveró que no lo van a hacer, argumentando que lo que dice Ferreiro es mentira.

 

“No lo va a hacer porque simple y sencillamente lo que dice él es mentira el proceso de juicio de amparo todavía no se agota porque nosotros tenemos una segunda instancia que es ante los colegiados”, dijo.

 

Donato Vega explicó que una de las inconsistencias encontradas es que por un lado le sobreseen el juicio y dicen que no tiene interés jurídico y que no le afecta lo que actúa el Congreso con relación a la ratificación de la denuncia del juicio político y por otro dice que hay afectaciones en la formalidad de esa acta.

 

Aclaró que la corte establece que algunos requisitos como de cerciorarse respecto a quien pone la denuncia, ni que sea firmada por la denunciante no se deben de tomar en consideración porque el Código Nacional de Procedimientos Penales es el rige de forma supletoria el artículo 94 de la Ley de Responsabilidades y las disposiciones del Código Nacional no establece eso.

 

“Desde nuestro punto de vista se desbordaron, se extralimitaron en la interpretación que están haciendo porque quien va a aplicar una jurisprudencia para los temas de la querella que dice esto es aplicable el juicio político de Estrada, pero resulta que eso hace una interpretación respecto a los códigos antiguos no del Código Nacional”, agregó.

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El director jurídico reiteró que no hay ninguna inconstitucionalidad en lo que realizó el Congreso del Estado sobre el juicio político antes mencionado.

Fuente: Linea Directa

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