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Congreso del Sinaloa aprueba cuenta pública 2020 del poder Legislativo y Judicial

Por mayoría de los diputados y diputadas fue que se aprobó la cuenta pública 2020 de ambos poderes

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Llega al Congreso de Sinaloa declaratoria de vacante a la alcaldía de Mazatlán. | Línea Directa

Culiacán, Sinaloa.- Por mayoría el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó la cuenta pública 2020 del poder Legislativo y Judicial.

En ese sentido, la del poder Legislativo se aprobó con 37 votos a favor, 1 abstención y dos no votaron.

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Al respecto, la cuenta pública 2020 del poder Judicial del Estado se aprobó con 37 votos a favor, dos abstenciones y un diputado no votó.

Entre las observaciones detectadas y recomendaciones que se detectaron destacan:

LEGISLATIVO:

En relación a la primera, para que el Congreso del Estado realice las acciones necesarias, a efecto de que se atienda las debilidades detectadas, a fin de que garantice el cumplimiento de los objetivos, la normatividad y la transparencia en su gestión mediante un sistema de control interno integrado con los procesos institucionales y sujeto a la evaluación y mejora continua.

En relación a la segunda, de igual manera para a efecto de que se atiendan las debilidades detectadas, a fin de reforzar la cultura en materia de control interno y administración de riesgos, que garanticen el cumplimiento de los objetivos, la normatividad y la transferencia en su gestión mediante un sistema de control interno integrado con los procesos institucionales y sujeto a la autoevaluación y mejora continua.

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Respecto a la tercera, para que el H. Congreso del Estado de Sinaloa, realice las acciones necesarias, a efecto de que se implementen los mecanismos correspondientes tendentes a que exista equidad en la distribución en el otorgamiento de contratos por adjudicación directa entre los registrados en su Padrón de Contratistas; asimismo, que por regla general deberá adjudicar las obras públicas por licitación pública y en caso de haber excepciones, la opción de adjudicación se funde y motive, según las circunstancias que concurran en cada caso, en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.

Inexistencia de pliegos de observación derivados de daños o perjuicios a la hacienda pública.

De las 3 recomendaciones realizadas se tienen por no atendidas; y, en relación a las 2 promociones de responsabilidad administrativa, estas ya fueron atendidas.

JUDICIAL:

Se registra un pliego de observaciones por un monto de $4,798.95 (cuatro mil, setecientos noventa y ocho pesos 95/100 M.N.), por haber realizado pagos por concepto de remuneraciones superiores a lo autorizado a 2 trabajadores durante el ejercicio fiscal 2020 y; un pliego de observaciones por un monto de $11,140.07 (once mil, ciento cuarenta pesos 07/100 M.N.), por haber realizado un pago duplicado por concepto de estímulo por antigüedad a un trabajador mismo que fue cubierto tanto en la quincena 17 como en la 18 del ejercicio fiscal 2020.

Respecto a la única recomendación realizada quedó atendida; y, en relación a las 3 promociones de responsabilidad administrativa no fueron atendidas.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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