Culiacán, Sinaloa. Por unanimidad, con 34 votos a favor de los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, el Congreso de Sinaloa aprobó la minuta enviada por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión que reforma la Constitución en materia de extorsión.
La diputada Yeraldine Bonilla Valverde, presidenta de la mesa directiva del Poder Legislativo, dio el veredicto de la aprobación.
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“Se declara aprobado el documento que contiene el proyecto de acuerdo con la minuta de decreto por el que se reforma el inciso A de la fracción vigésimo primera del artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de extorsión. Expídase el acuerdo con la minuta de decreto por el que se reforma el inciso A de la fracción”, dijo.
El proyecto de decreto reforma el artículo 73 de la Carta Magna, mediante la cual se faculta al Congreso de la Unión para expedir una ley general que establezca tipos penales y sanciones uniformes contra este delito.
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Previamente fue aprobado por la Cámara de Senadores el 24 de septiembre de 2025 y posteriormente remitido a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para su ratificación, conforme al proceso establecido.
La reforma tiene como objetivo consolidar la Estrategia Nacional contra la Extorsión, la cual se estructura en cinco ejes principales: detenciones mediante investigación e inteligencia, creación de unidades antiextorsión locales, aplicación del protocolo de atención a víctimas, capacitación de operadores en manejo de crisis y negociación, y la implementación de una campaña nacional de prevención.
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La modificación constitucional permitirá crear un marco legal que establezca criterios uniformes de investigación, persecución y sanción, lo cual reducirá los espacios de impunidad y fortalecerá la legitimidad del sistema de justicia penal, además de garantizar mayor protección a las víctimas y evitar la división jurídica que impacta en la procuración e impartición de justicia.
Con esta reforma el Congreso de la Unión queda facultado para expedir leyes generales que establezcan como mínimo los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, extorsión, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral.