Culiacán, Sinaloa. El Congreso del Estado de Sinaloa avaló la minuta enviada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con proyecto de decreto que propone la inimpugnabilidad de las adiciones y reformas a la Constitución Federal.
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Lo anterior, fue aprobado por mayoría con 28 votos a favor y el voto en contra de nueve legisladores.
Para ello, se reforma el primer párrafo de la fracción II del artículo 107, y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Durante la discusión de la minuta el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense (PAS), Víctor Antonio Corrales Burgueño, se pronunció en contra a la reforma.
“Eliminar la capacidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revisar las reformas constitucionales es una contradicción con el propósito de la Constitución de ser un marco de derechos y garantías que no dependan de los intereses políticos”, dijo.
Por su parte, el coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC), Sergio Torres Félix, enfatizó que esta reforma vulnera derechos humanos de los mexicanos y está haciendo que no lleguen inversiones a México.
“Esta reforma, aunque no les guste escucharlo vulnera derechos humanos de las y los mexicanos. Esta reforma está haciendo que no lleguen inversiones a nuestro país, atenta en contra del pueblo que a ustedes les dio su confianza y que hoy lo están traicionando”, declaró.
En contraparte, la diputada local por Morena, Juana Minerva Vázquez González, defendió que el amparo seguirá protegiendo a las personas.
También, afirmó que no hay excesos ni abusos, ni arbitrariedad, y no pone en riesgo la propiedad privada, por lo que pidió a los legisladores que no continúen difamando.
“El amparo seguirá protegiendo a las personas de entre normas generales, actos u omisiones por los poderes públicos o de particulares en los casos señalados en la Ley”, extendió.
Jorge González, diputado local por el Partido Acción Nacional (PAN), expuso que con estas reformas se quedará un México sin democracia y una ciudadanía abandonada al quedarse sin medios judiciales para defender sus derechos humanos.
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Con esta reforma en cuanto al artículo 105, ahora establece que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución.
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En cuanto al artículo 107, precisó que las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo solo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución.