Culiacán, Sinaloa. – En la sesión de este jueves los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura avalaron la minuta del proyecto de decreto enviado por el Senado de la República por el que se reforma el párrafo cuarto y se adiciona un párrafo quinto al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de vías y transporte ferroviario, y con lo que se permite que el Estado retome el control de las vías férreas en México.
La minuta fue aprobada por unanimidad con 39 votos a favor de las legisladoras y legisladores.
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Durante la discusión de la minuta, el diputado local por Morena, Manuel Guerrero Verdugo, celebró que después de haber sido descuidado desde los años 90’s del siglo pasado, el servicio ferroviario de pasajeros vuelve a ser retomado.
Con la aprobación de esta reforma, añadió, ahora el Estado cumple su obligación de garantizar la movilidad de la población con un transporte que es seguro, eficaz, sustentable, sostenible y competitivo y que beneficiará a la población por su accesibilidad a zonas de difícil acceso.
Las ventajas que ofrecerán, agregó, serán eficiencia energética por el consumo de energía en comparación con otros medios de transporte, así como menos costos operativos y una reducción en la huella de carbono.
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“La reforma es fundamental para el país por diversas razones, ya que promueve el desarrollo nacional, la democratización del transporte y el bienestar de la nación”, dijo.
Por su parte, el diputado Juan Carlos Villa Romero, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), coincidió en que con la reforma aprobada habrá menor congestión vial y en consecuencia se reducirá la emisión de gases efecto invernadero.
De igual manera, expuso que se crea un México más justo y se inicia una apuesta por el desarrollo equilibrado del país.
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Consideró que en lo subsecuente habrá una mayor atención a comunidades rurales, se reducirán viajes por carretera, habrá más seguridad y accesibilidad a la movilidad, pues el ferrocarril es más económico que un autobús y ofrece una experiencia más placentera.
Con esta reforma se establece que no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente, así como las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.
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La comunicación vía satélite y los ferrocarriles tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución. El Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y la soberanía de la nación, y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos, mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.
El Estado Mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Para ello, el Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares.