Culiacán, Sinaloa. De tres meses hasta 10 años de prisión y de 20 a 500 veces de multa se estableció para aquel que no pague al productor el precio acordado en los términos, condiciones y plazos convenidos por la compra de un producto originado de la actividad agrícola, ganadera, apícola, acuícola o pesquera.
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Lo anterior, al ser aprobado en el Congreso del Estado reformas a las fracciones VIII y IX, y adición a la fracción X al Artículo 216 del Código Penal para el Estado de Sinaloa para tipificar como fraude el incumplimiento del pago antes mencionado.
Fue el pasado 25 de julio cuando por unanimidad, con 37 votos a favor, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó esta medida con la cual se le da certeza a los eslabones de las cadenas productivas al evitar que el comprador incurra en fraude hacia los productores.
En los sustentos de estas reformas y adiciones al Código Penal, es que las mismas permitirán mejorar las condiciones del sector primario, incentivando al menos el cumplimiento de las condiciones de compraventa que se celebren, y en todo caso sancionando por la vía penal a quienes apartándose de las mismas incumplan lo convenido en dichas operaciones.
Cabe mencionar que las reformas y adiciones fueron presentadas por la ciudadana Roxana Vizcarra Hernández y los ciudadanos Gonzalo Vizcarra Velderrain, Mauricio López Quevedo, Manuel Leobardo Hernández Inda y Gerardo Sarabia Ramos.
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