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¡Caso cerrado! Congreso resuelve no sancionar a Rocha Moya por participar en elecciones de Hidalgo

Se determinó que, al no tener potestad para imponer sanción alguna al Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, se ordena archivar el expediente como asunto concluido

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Culiacán, Sinaloa.- Por mayoría, es decir, con 29 votos a favor, 0 en contra y 7 abstenciones del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y cuatro diputados y diputadas que no votaron al no acudir a la sesión, los diputados del Congreso del Estado resolvieron que no cuentan con potestad, ni tampoco su Órgano Interno de Control, para conocer de la participación del gobernador Rubén Rocha Moya en un evento político realizado en el estado de Hidalgo, así como tampoco para determinar sanción alguna al mandatario estatal.

En sesión extraordinaria de este miércoles, el pleno de diputadas y diputados aprobaron dictamen en tal sentido que presentó la comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, la cual lo había aprobado previamente por unanimidad, y fue el presidente de la mesa directiva, Gene René Bojórquez Ruiz, quien dio el veredicto.

En consecuencia, se determinó también que, al no tener potestad para imponer sanción alguna al Gobernador Constitucional del Estado de Sinaloa, se ordena archivar el expediente como asunto concluido.

“Por mayoría, se aprueba el dictamen en lo general, está a discusión el dictamen en lo particular. No habiendo discusión del dictamen en lo particular, se tiene por aprobado, expídase el acuerdo correspondiente”, dijo.

La resolución del pleno del Congreso del Estado se emite en torno a sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Procedimiento Especial Sancionador del expediente SER-PSC-157/2022, originada por queja ante hecho político que tuvo lugar en el estado de Hidalgo en el presente año.

Se puntualiza en la resolución que ante la lectura íntegra y del análisis del expediente referido y de sus anexos, se resuelve que, en relación a los hechos al jefe del Ejecutivo estatal, el poder Legislativo no puede actuar.

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“El H. Congreso del Estado de Sinaloa, ni su Órgano Interno de Control, cuentan con potestad para conocer de los mismos (hechos) ni para determinar sanción alguna”.

Se puntualiza que “no existe regulada una sanción correspondiente en la ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ni en la Ley local de esa materia, así como en las diversas Ley General de Responsabilidades Administrativas y en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa”.

Incluso se advierte que “tampoco el artículo 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé una sanción específica”.

Antecedente

Los partidos del PAN, PRI y PAN interpusieron una queja contra el gobernador Rubén Rocha Moya, además, contra el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y el entonces candidato común a la gubernatura postulado por “Juntos Hacemos Historia Hidalgo” y Morena, al asistir como servidores públicos el pasado 21 de mayo a un evento proselitista a favor de dicha candidatura.

Es así como se inició una investigación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) notificó al Congreso del Estado de Sinaloa la sentencia en la que señala que el gobernador Rubén Rocha Moya incurrió en una infracción al vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en el proceso electoral a la gubernatura de Hidalgo.

La notificación de la sentencia que fue recibida por el Poder Legislativo el pasado 30 de agosto fue leída ante el Pleno y turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación para su análisis y determinación, esta última que se dio finalmente este miércoles.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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