Culiacán, Sin. En el Congreso de Sinaloa avanzó una iniciativa que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, así como del Código Penal, en materia de sanción e inhabilitación de conductores del transporte público por acoso sexual.
La propuesta recibió su primera lectura en la Diputación Permanente y fue turnada para la segunda de ley.
Impulsada por el grupo parlamentario de Morena, la iniciativa establece penas de uno a tres años de prisión y de 300 a 600 días de multa para los choferes acusados de acoso sexual.
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Asimismo, se les negará la licencia de conductor durante el tiempo que dure la pena, con el fin de prevenir la reincidencia del delito y garantizar la seguridad de las personas usuarias del transporte público, especialmente mujeres, niñas, adolescentes y otros grupos en situación de vulnerabilidad.
El legislador Jorge Antonio González Flores explicó que, cuando el delito de acoso sexual sea cometido por personas titulares de licencia de conducir en la modalidad de transporte público de pasajeros, esta será revocada.
“Cuando el delito de acoso sexual sea cometido por personas titulares de licencia de conducir de la modalidad de transporte público de pasajeros, en ejercicio de sus funciones y dentro de las instalaciones o vehículos destinados a dicho servicio, se les impondrá, además de la pena prevista en el Código Penal, la revocación de la licencia”, dijo.
De acuerdo con la iniciativa, la Ley de Movilidad ya contempla que, si una licencia de conducir es revocada o anulada, el particular no podrá obtener nuevamente esta autorización en ninguna de sus modalidades durante un plazo de cinco años, contados a partir de la fecha en que se decrete la sanción.
Asimismo, en caso de reincidencia, la licencia de conducir no podrá expedirse de nuevo y el presunto responsable no podrá conducir vehículos en el estado, incluso si posee licencia expedida en otra entidad.