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Aprueban reformas al Código Penal de Sinaloa que permitirá meter a la cárcel a funcionarios corruptos

La votación se dio por unanimidad con 36 votos a favor en el pleno, durante la sesión ordinaria de este jueves

Congreso del Estado | Foto: Beatriz Piña

Culiacán, Sin.- Por unanimidad con 36 votos a favor los diputados integrantes de la 64 Legislatura aprobaron un dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sinaloa y donde a partir de ello se permitirá meter a la cárcel a funcionarios que incurran en actos de corrupción como desvío de recursos, desempeño irregular del servicio público y otras figuras, además de que se les confiscarán los bienes derivados de los actos de corrupción, así como todos aquellos funcionarios que se nieguen a dar información sobre su desempeño se le penalice con cárcel, porque hasta ahora solo había medidas de carácter administrativo para quienes se amplían elementos a tomar en cuenta para fijar multas y sanciones, mismas que se incrementan si forman parte de cuerpos de Seguridad Pública.

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Con esta reforma se propone agrupar en el título segundo “de los delitos por hechos de corrupción” los siguientes delitos: ejercicio ilícito de servicio público, uso ilícito de atribuciones y facultades, remuneración ilícita, abuso de autoridad, intimidación, coalición de servidores públicos, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones y tráfico de influencias.

Asimismo, se integraron nuevos tipos penales como delitos por hechos de corrupción, pues el ejercicio indebido y abandono del servicio público cambia su denominación a ejercicio ilícito del servicio público.

Durante la discusión del dictamen la diputada local por el Partido Sinaloense (PAS), Elizabeth Chía Galaviz, expuso que con estas reformas que en una de las iniciativas propuso el Partido Sinaloense (PAS) en este dictamen, se busca desmotivar una práctica en la que pueden presentarse también complicidades y lucros indebidos por tales acciones.

“Los principales beneficios de sancionar y evitar las filtraciones y la exposición masiva ante los medios y redes sociales serían preservar la dignidad de las víctimas y sus familiares, disminuir el daño que sufren las víctimas al evitar que sean revictimizadas, erradicar la normalización de la violencia ejercida contra todas las personas, pero principalmente contra las mujeres, niñas y adolescentes y sancionar a las y los servidores públicos que no cumplen con su deber de resguardar cierto tipo de información”, dijo.

Por su parte, el diputado Marco Antonio Zazueta Zazueta, secretario de la Comisión de Fiscalización e integrante de Morena, expuso que ya se habían venido poniendo candados para evitar actos de corrupción y además se habían dado herramientas a la Auditoría Superior del Estado para actuar con más rigor en estos casos, sin embargo, señaló que a pesar de ello se tuvo el caso de la UAS, cuyo exrector  (haciendo referencia a Jesús Madueña) cometió un acto de desacato por no querer cumplir con la obligación constitucional de rendir cuentas, y lo que se vio fue que el desacato era solo una falta administrativa y no un delito penal y por tanto no se podía castigar con cárcel.

“En el Código Penal no existía esa figura de que tú no podías castigar con cárcel a todo aquel que no quiera transparentar ni responder por los recursos públicos que están ejerciendo, en ese sentido, nosotros pues vimos que había ese vacío en el Código Penal, por eso es que estamos haciendo esta reforma para que no haya ‘pillos’ que quieran evadir sus responsabilidades y haciendo largos los procesos administrativos que no conllevan a ningún castigo formal, ahora sí vamos a ver qué servidor público se va a atrever a negar información de cómo están administrando los recursos públicos”, dijo.

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De parte del PRI participó el diputado Luis Javier de la Rocha Zazueta, quien se manifestó totalmente a favor de las reformas y adiciones ya que se beneficia a los sinaloenses al festejar que por fin se hace algo para evitar la corrupción.

En el dictamen de manera adicional a dichas sanciones se impondrá a los responsables de su comisión la pena de destitución y la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del estado, por un plazo de 1 a 20 años, atendiendo a los siguientes criterios:

* Será por un plazo de 1 hasta 10 años cuando no exista daño o perjuicio o cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito no exceda de 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

* Será por un plazo de 10 a 20 años si dicho monto excede el límite señalado en la fracción anterior.

En los casos en que la persona responsable del delito de corrupción tenga el carácter de particular, el juez deberá imponer la sanción de inhabilitación para desempeñar un cargo público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas, considerando en su caso lo siguiente.

* Los daños y perjuicios patrimoniales causados por los actos u omisiones.

* Las circunstancias socioeconómicas del responsable.

* Las condiciones exteriores y los medios de ejecución, y

* El monto del beneficio que haya obtenido el responsable.

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Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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