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¿Adeudas impuestos municipales? Cabildo de Mazatlán autoriza descuentos en multas y recargos a morosos

La condonación será por un mes a partir del 16 de noviembre y posteriormente el descuento a aplicar es de 50%

Aprobación de descuentos por parte del Cabildo de Mazatlán
El periodo para otorgar los descuentos será del 16 de noviembre al 15 diciembre en la primera etapa | Foto: Jenifer Flores

Mazatlán. Sin.- Los contribuyentes morosos de impuestos municipales de Mazatlán tienen la oportunidad de ponerse al corriente gracias a la aprobación que hizo el cabildo de Mazatlán de condonar el 100 por ciento en multas y recargos en el caso del impuesto predial y otros conceptos, mientras que en el caso del impuesto sobre adquisiciones de inmuebles, ISAI, el descuento a otorgar es del 50 por ciento.

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El dictamen fue presentado por la Comisión de Hacienda durante la sesión de cabildo número 49, donde el regidor Bernardo Alcaraz Conde mencionó que el periodo para otorgar los descuentos será del 16 de noviembre al 15 diciembre en la primera etapa.

“La condonación del 100 por ciento en multas y recargos generados por contribuyentes morosos en el impuesto predial, recolección de basura, derechos de mercados municipales, y uso de piso en la vía pública y sitios públicos (taxis), así como también la condonación del 50 por ciento en los referidos aprovechamientos a los morosos en el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI)”.

Aprobación de descuentos por parte del Cabildo de Mazatlán

Foto: Jenifer Flores| El periodo para otorgar los descuentos será del 16 de noviembre al 15 diciembre en la primera etapa

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Los integrantes del cabildo aprobaron por unanimidad el dictamen que establece que una vez que terminen estos descuentos se tendrán otros incentivos en el siguiente mes, en donde el descuento será del 50 por ciento por los siguientes 30 días en multas y recargos, para el periodo comprendido del 16 diciembre al 15 de enero de 2024.

Este beneficio será para quienes adeuden el predial, recolección de basura, derechos de mercados municipales y uso de piso en vía pública y sitios públicos (taxis), todo esto de acuerdo a lo establecido en el párrafo cuarto del artículo 49 del Código Fiscal municipal del estado de Sinaloa.

Fuente: Línea Directa

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Laura Galván

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