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CASO NORMA ANAHÍ

¡Sí fue por feminicidio! Juez vincula a proceso a Ramón a pesar de que su abogado intentó impedirlo

La defensa intentó convencer al juez de que los datos de prueba presentados por la Fiscalía General del Estado no eran suficientes para esta vinculación, e intentó reclasificar el delito, esto en el caso de Norma Anahí, asesinada la semana pasada en Ahome

Vinculación a proceso a Ramón
El juzgador vincula a proceso a Ramón a pesar de que su abogado intentó impedirlo. | Línea Directa

Los Mochis, Sin. – Aunque la defensa trató de desestimar varios datos de prueba presentados por la Fiscalía General del Estado, un juez de control vinculó a proceso a Ramón Antonio “R” por el delito de feminicidio agravado y vinculado a desaparición de personas con la finalidad de ocultar un delito, esto en el caso de la joven Norma Anahí, asesinada la semana pasada en Ahome.

En la continuación de la audiencia inicial este lunes, la defensa del imputado indicó que varios de los testimonios ofrecidos como datos de prueba por parte de la Fiscalía, en el que se indicaba que existía una relación de hecho, eran imprecisos y se contrariaban ya que una de las hermanas de la víctima indicó que no eran novios, pero la madre de la víctima dijo que sí lo eran.

Sin embargo, el juzgador decidió tomarlo en cuenta, ya que más familiares indicaron que sí tenían un noviazgo, e incluso se indicó que la madre le preguntó delante del imputado a su hija si tenían alguna relación, y ésta le dijo que eran novios, lo cual no fue negado por él.

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Asimismo, la defensa intentó convencer al juez que se reclasificara el delito de feminicidio agravado por el de homicidio simple, ya que alegó que no existen pruebas de espermatozoides o PH localizado en el cuerpo, y que incluso fue localizado con toda su ropa puesta y acomodada debidamente, y que el imputado presentó lesiones y a su vez había sido amenazado por la víctima.

Esto también fue desestimado por parte del juez, quien indicó que sí había pruebas suficientes para el delito de feminicidio agravado, ya que el cuerpo de la víctima presentó lesiones en las partes íntimas, las cuales no necesariamente se obtienen sin ropa, sino que aún con prendas puestas se pueden producir.

Argumentó además que la víctima estaba en un lugar solo sin poder pedir ayuda, lo que según la ley, es suficiente para que el delito sea clasificado como feminicidio, ya que las lesiones en partes nobles degradan la feminidad de la víctima.

El abogado defensor de Ramón Antonio “R”, argumentó por su cuenta que toda la investigación se basaba en la declaración de su cliente, la cual, dijo, no debía ser tomada en cuenta por el juzgador, ya que su cliente desconocía esa declaración, y con base en la ley, no se debía haber dado a conocer, ya que el imputado se había negado a declarar y no podía ser usada como prueba.

Ante esto, el juez le replicó que la declaración era sólo uno de los datos de prueba, y que aún no se iniciaba un juicio, que sólo se trataba de la audiencia inicial y sí se podía utilizar.

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Por estos motivos, el juez determinó que los datos de prueba sí eran suficientes para que Ramón Antonio “R” fuera vinculado a proceso por el delito de feminicidio agravado y vinculado a desaparición de personas con la intención de ocultar un delito, quedando detenido en el penal de Goros Dos como medida cautelar, y se fijó un plazo de tres meses para la investigación complementaria, por lo que la siguiente audiencia se realizará el 19 de marzo del 2023.

Fuente: Línea Directa

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Adrián González

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