México. El próximo 30 de junio llegará a su fin el plazo que estableció el Servicio de Administración Tributaria -SAT- como una forma de ayudar a las personas físicas para que superaran la fase más intensa de COVID-19.
De esta forma, los contribuyentes en este régimen deberán haber cubierto con la presentación de esta obligación a fin de evitar sanciones.
Así que si tu aun no cumples, es importante que recuerdes qué puedes deducir en tu declaración anual:
- Gastos médicos
- Gastoa funerarios
- Donaciones
- Colegiaturas
- Aportaciones complementarias
- Primas de seguros
- Transporte escolar
- Créditos hipotecarios
- Cuentas de ahorro
El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a $154,110 o del 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor