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Visitas domiciliarias del SAT en 2026: a quiénes aplican y qué revisarán

Las inspecciones se centrarán en quienes presenten facturas por operaciones inexistentes o sin respaldo, mientras que contribuyentes cumplidos no serán revisados

Visitas domiciliarias del SAT en 2026: a quiénes aplican y qué revisarán
Línea Directa | Durante las visitas, los funcionarios del SAT podrán acudir a domicilios, oficinas o establecimientos y levantar actas circunstanciadas con testigos

México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que a partir de febrero de 2026 pondrá en marcha un esquema de visitas domiciliarias dirigido a ciertos contribuyentes, con el fin de verificar la autenticidad de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que presenten posibles irregularidades. La medida forma parte del proceso de fiscalización previsto en el Código Fiscal de la Federación y busca garantizar que las operaciones reflejadas en facturas electrónicas tengan respaldo real.

Las inspecciones no serán generalizadas. Según el SAT, se enfocarán en contribuyentes que, tras análisis previos, muestren señales de haber emitido facturas por operaciones inexistentes o sin soporte. La autoridad enfatizó que quienes cumplen correctamente con sus obligaciones fiscales no serán sujetos de estas visitas.

Durante la revisión, el personal del SAT podrá acudir al domicilio fiscal, oficinas, establecimientos o cualquier lugar vinculado con la emisión de los comprobantes. Los funcionarios deberán identificarse ante el contribuyente o su representante legal, levantar actas circunstanciadas y permitir la presencia de testigos, conforme al artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación. Además, los CFDI bajo investigación podrán ser suspendidos de forma inmediata mientras se desarrolla la auditoría.

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¿Qué consecuencias puede enfrentar un contribuyente si no logra aclarar las irregularidades?

El contribuyente tendrá un plazo de hasta cinco días hábiles para presentar pruebas que acrediten la legalidad de los CFDI observados. Si no logra desvirtuar la presunción de falsedad, los comprobantes perderán validez fiscal y se aplicarán sanciones, incluyendo la publicación del nombre y clave del contribuyente en el portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación.

Plazos y efectos posteriores a la revisión

Tras la presentación de pruebas, el SAT contará con 15 días hábiles para emitir su resolución, y todo el procedimiento no podrá exceder 24 días hábiles desde la notificación de la visita. Si se acredita la legalidad de los CFDI, los efectos fiscales suspendidos se restablecerán, garantizando que el contribuyente recupere la validez de sus documentos electrónicos y evite sanciones.

 

Fuente: Línea Directa

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Perla Rodríguez Contreras

Editor de Contenidos

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