Ciudad de México. Este miércoles 29 de marzo se informó que fue avalado en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, el actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y valuación de incapacidades permanentes.
Se explicó que fueron 24 votos a favor del dictamen a la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, específicamente dicha tabla.
El diputado del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, quien es presidente de dicha comisión, señaló que esta resolución determina hoy, toma como eje la propuesta presentada por el Ejecutivo Federal. Asimismo, atiende las iniciativas de diputados panistas y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
Resaltó el legislador la necesidad de actualizar las tablas, toda vez que han transcurrido 53 años desde su publicación.
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Así, con una votación a favor del dictamen, se reforma el artículo 513 para establecer que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social será la responsable de actualizar el contenido de las Tablas de Enfermedades de Trabajo, y de la Valuación de Incapacidades Permanentes de los riesgos laborales.
Esto, con opinión de la Comisión Consultiva de Seguridad y Salud en el Trabajo y especialistas en la materia, según se detalla.
Enfermedades:
Se incluye a la endometriosis, una enfermedad sumamente dolorosa, que no tiene cura y es incapacitante para trabajar o estudiar; “es compleja porque para controlarse requiere de un buen diagnóstico y en el sector salud se complica por la falta de especialistas y el gasto que implica acceder a consultas privadas”.
También se incluye el COVID, que empezó como pandemia y que ya es considerada una enfermedad endémica, aunado al síndrome del Túnel Carpiano, la ansiedad y el estrés laboral.
Precisar que también moderniza el Catálogo de las Cédulas de Valuación de las Enfermedades de Trabajo, al señalar que este documento deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su cumplimiento y aplicación.
Entre las especificaciones se indica que las tablas mencionadas serán revisadas al menos cada cinco años o cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.