México.- El Servicio de Administración Tributaria -SAT- informó en unos días vencerá el plazo para que aquellas personas morales que no tuvieran actualizada la información de sus socias, socios o accionistas ante el RFC, presenten el aviso respectivo a más tardar el 30 de junio del 2020.
Las personas morales deberán cumplir esta obligación en la fecha antes mencionada y lo hagan en el Portal del SAT, y no es necesario que acuda el representante legal personalmente a las oficinas.
El SAT determinó, con base en la regla 2.4.19 y en la ficha de trámite 295/CFF, de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, que dicha información deberá aportarse mediante un aviso a través de un caso de aclaración, en el Portal del SAT, al que podrán acceder directamente en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/32846/presenta-tu-aclaracion-como-contribuyente.
Es importante mencionar que en el Código Fiscal de la Federación (CFF) se establece la obligación para las personas morales de proporcionar a la autoridad fiscal, el nombre y la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de socias, socios o accionistas cada vez que se realice una modificación o incorporación al respecto.
Además, se comunica que, si se requiere realizar la inscripción en el RFC de alguna o alguno de los socios o accionistas, es necesario contar únicamente con su CURP actualizado. Para realizar dicho trámite pueden ingresar al Portal del SAT o en EN ESTA PÁGINA
En caso de que socias, socios o accionistas requieran actualizar sus obligaciones, necesitan su contraseña para presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, mismo que pueden presentar directamente AQUÍ
*Con el fin de que las personas físicas generen o actualicen su contraseña sin salir de sus hogares, el SAT ha puesto a disposición la herramienta SAT ID, a la cual podrán ingresar en la siguiente liga: https://satid.sat.gob.mx/
Es conveniente recordar que los trámites que se realicen por medios electrónicos al utilizar la contraseña o e.firma vigentes, tienen los mismos efectos y validez jurídica que aquellos realizados directamente en las oficinas. Por lo tanto, el SAT recomienda a las personas contribuyentes utilizar y aprovechar las herramientas tecnológicas disponibles para la realización de diversos trámites o servicios y así cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales y evitar conglomeraciones en las oficinas.
Para dudas o aclaraciones, ingresar al Portal del SAT sat.gob.mx, o bien, llamar a MarcaSAT, desde la CDMX y el resto del país: 55 627 22 728; Estados Unidos y Canadá: 877 44 88 728; resto del mundo: 874 2873 803