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Tienen mexicanos opción con seguro voluntario de IMSS

Los trabajadores independientes o aquellos dados de baja de un empleo pueden acceder o mantener servicios que brinda el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

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México.-  Los
trabajadores independientes o aquellos dados de baja de un empleo pueden
acceder o mantener servicios que brinda el Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) mediante la contratación de un seguro voluntario,
que contempla pago de cuotas anuales anticipadas.Los
interesados pueden solicitar su Incorporación Voluntaria al Régimen
Obligatorio del Seguro Social en la Subdelegación u Oficina
Administrativa Auxiliar del IMSS que corresponda a su domicilio, en
horario de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes; el trámite es
gratuito.Para conocer cuál es la Subdelegación u Oficina
Administrativa Auxiliar que corresponde se puede acceder a la dirección
de Internet: http://www.imss.gob.mx/prestacionesimss/.El
servicio médico en el Seguro Social permanece vigente por los seis meses
posteriores al despido y durante ese periodo no es necesario hacer
algún trámite, únicamente se debe contar con el carnet de citas, sin
embargo si éste nunca se tramitó no se podrá acceder al beneficio.Para
quienes no tienen el carnet y ya pasaron más de seis meses sin empleo o
nunca han cotizado al IMSS existe el Seguro de Salud para la Familia
(SSF), con el que pueden recibir atención y medicinas por un pago anual
por persona que va de mil 420.15 a tres mil 733.30 pesos, según la edad
del asegurado.Quien contrata el seguro médico y los
miembros de su familia, que incluyen a los esposos, cónyuges, hijos,
padres, nietos, hermanos o primos, cuentan con las prestaciones en
especie del seguro de enfermedades y maternidad, así como de invalidez y
vida, ayuda para gastos de funeral y retiro y vejez.Para
los trabajadores domésticos, patrones personas físicas con trabajadores
asegurados a su servicio, así como trabajadores de las administraciones
públicas de la Federación, entidades federativas y municipios excluidos
de seguridad social y sus beneficiarios legales también tienen derecho a
prestaciones por riesgos de trabajo.Con la contratación
del seguro quienes han dejado de pertenecer al régimen obligatorio por
carecer de una relación laboral continuarán cotizando por “anualidades
anticipadas” para acumular semanas, a fin de cumplir con los requisitos
para obtener el derecho a una pensión.El seguro médico
preventivo tiene restricciones y tiempos de espera, sin embargo éstas no
se aplican si el asegurado proviene del Régimen Obligatorio siempre y
cuando el trámite se haga dentro de los 12 meses posteriores a la baja y
el trabajador haya cotizado 52 semanas previas.En este
esquema de aseguramiento se debe inscribir en cada grupo familiar a por
lo menos dos personas, a menos que una persona, bajo protesta de decir
verdad, declare que carece de familia. Éstos últimos sólo podrán
asegurar posteriormente en su grupo familiar a su cónyuge, concubina,
concubinario o hijos.Los interesados deben de presentarse
en la Subdelegación del IMSS con original y copia de una identificación
oficial con fotografía, puede ser credencial de elector, pasaporte
vigente, cartilla de Servicio Militar Nacional o cédula profesional.De
igual manera un comprobante de domicilio que puede estar o no a su
nombre (recibo de luz, teléfono, predial o agua potable) y Registro
Federal de Contribuyentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a fin de comprobar su actividad económica.También
hay que presentar la constancia de pago de la cuota anual anticipada de
la inscripción del aseguramiento, forma que proporciona el personal de
la subdelegación, así como el cuestionario médico por persona a
asegurar.Para menores de edad es suficiente presentar el acta de nacimiento y el acta de nacimiento del titular del aseguramiento.En
tanto los extranjeros deberán llevar además pasaporte vigente, las
formas FM2 o FM3 del Instituto Nacional de Migración y la Clave Única de
Registro de Población si cuenta con ella.También es
importante elaborar un escrito libre por medio del cual se solicite la
Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, de
trabajadores no asalariados, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños
propietarios, en forma individual de trabajadores no asalariados.Es
necesario presentar un examen de salud general, pues no pueden acceder a
esta cobertura quienes padezcan enfermedades como tumores malignos,
diabetes, enfermedades crónicas del hígado, fallas renales o Sida.En
un máximo de tres días hábiles posteriores al examen, el IMSS informará
al solicitante si se es sujeto de aseguramiento para posteriormente
pagar la cuota anual en un banco.El costo anual es por
persona de acuerdo con los años cumplidos en la fecha de contratación.
Los siguientes precios son vigentes del 1 de febrero de 2013 al 31 de
enero de 2014.De cero a 19 años la cuota total es de mil
420.15, de 20 a 39 años es de mil 659.80, de 40 a 59 años de dos mil
480.90 y de 60 años en adelante es de tres mil 733.30 pesos.Es
importante aclarar que los contratantes deben esperar un mes tras su
inscripción para recibir el servicio y hay algunas enfermedades para las
que hay periodos de espera, que van desde los seis meses hasta dos
años.Por ejemplo, para recibir atención para parto es
necesario esperar 10 meses, un año para cirugías por insuficiencia
venosa o dos para cualquier operación ortopédica.La
restricción para el otorgamiento del servicio respecto de los
padecimientos y tratamientos antes mencionados no impide que el
asegurado o sus beneficiarios hagan uso de los beneficios por otro
padecimiento o tratamiento diverso.Este seguro no cubre
cirugías estéticas, compra de anteojos, lentes de contacto,
intraoculares o aparatos auditivos, cirugía para corrección de
astigmatismo, presbicia, miopía e hipermetropía.Otras
exclusiones son lesiones autoinfligidas, derivadas de intento de
suicidio o por practicar profesionalmente deportes con riesgo físico,
tratamientos de conducta y aprendizaje, dentales -excepto extracciones,
obturaciones y limpieza- y para corrección de alteraciones de la
fertilidad de la pareja, entre otras.La vigencia de la cobertura del SSF es de un año, a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de la inscripción.Si
el titular del grupo familiar desea incluir a algún otro familiar,
directo o adicional, podrá realizar el trámite cualquier día hábil
posterior a la contratación inicial.Los familiares
directos son: esposas o concubina, concubinario, hijos (sin importar la
edad) y padres del titular del aseguramiento; y los adicionales son
abuelos, nietos, hermanos, primos, hijos de los hermanos y hermanos de
los padres.En ambos casos no aplican los requisitos de convivencia, dependencia y comprobación de estudios.Los
interesados pueden obtener más información en el Centro de Contacto
IMSS (CCIMSS), en el número telefónico 01-800-623-23-23 en horario
continuo de 8:00 a 23:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles y de
8:00 a 18:00 horas en fines de semana y días inhábiles.De
igual manera por correo electrónico o chat, a través de la sección
“Contacto” en la página www.imss.gob.mx ó al dar clic en:
www.imss.gob.mx/contacto.Además en la página del Registro
Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria (Cofemer) http://www.cofemer.gob.mx.CHG

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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