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Senado aprueba prohibición de vapeadores y cigarrillos electrónicos; dictamen es turnado al Ejecutivo

Se prevén sanciones de uno a ocho años de prisión a quienes desacaten el ordenamiento que modifica la Ley General de Salud.

Senado aprueba prohibición de vapeadores y cigarrillos electrónicos; dictamen es turnado al Ejecutivo
Imagen ilustrativa: Senado de la República / uso de vapeadores | Internet

México.- Este miércoles 10 de diciembre de 2025, el Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la reforma a la Ley General de Salud, con la cual se prohíbe la adquisición, producción, fabricación, importación, exportación, venta y distribución de cigarrillos electrónicos y vapeadores en México.

El dictamen – que fue debatido durante casi tres horas y que plantea la prohibición total de los vapeadores, cigarrillos electrónicos y dispositivos similares en todo el país –fue aprobado con 76 votos a favor, 36 en contra y una abstención, siendo turnado a la titular del Ejecutivo Federal para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Esta reforma establece de manera explícita que ni el consumo, ni la posesión para uso personal constituirán una infracción. Sin embargo, se prevén sanciones de uno a ocho años de prisión y multas de hasta dos mil veces el valor diario de la UMA (alrededor de 226 mil 280 pesos) a quienes desacaten el ordenamiento.

De este modo, las sanciones aplicarán únicamente para quienes, con fines de comercio o lucro, busquen adquirir, distribuir, transportar o almacenar vapeadores y cigarrillos electrónicos.

Al presentar el dictamen, el senador de Morena y presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, aseguró que hay un incremento acelerado del consumo de vapeadores entre adolescentes, pese a que contienen nicotina y otras sustancias tóxicas que dañan pulmones y sistema cardiovascular.

Afirmó entonces que, con esta modificación a la ley, el Estado cumple su deber de prevenir riesgos y cerrar vacíos legales que hoy permiten un comercio en la ambigüedad.

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¿Qué queda prohibido con esta reforma a la Ley General de Salud?

• La producción, preparación, fabricación, mezclado y envasado.

• El almacenamiento, transporte con fines comerciales y distribución.

• La importación, exportación, venta y suministro de vapeadores y dispositivos análogos, incluidos los desechables o de un solo uso.

• Cualquier acto de publicidad o propaganda, en medios impresos, digitales, radiofónicos, televisivos o cualquier otro formato.

Fuente: Linea Directa

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Alejandra Bedoya

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