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Semarnat debe entregar montos de uso de zona marítima: INAI

La Semarnat señaló que no podía atender la solicitud porque el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal entre la Secretaría de Hacienda y los Gobiernos Estatales

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Ciudad de México.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría del Medio
Ambiente y Recursos Naturales proporcionar los montos de recaudación por
concepto de aprovechamiento y uso de la Zona Federal Marítimo Terrestre
en todos los municipios costeros del país, en los últimos cinco años.
Lo anterior porque el Pleno del INAI aprobó el proyecto de resolución
del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, a quien le fue turnado
el recurso de revisión promovido por un particular inconforme con la
respuesta del sujeto obligado a su petición de información.
En su primera respuesta, confirmada en los alegatos, la Semarnat
señaló que no podía atender la solicitud porque el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal entre la Secretaría de
Hacienda y los Gobiernos Estatales, de mayo de 2014, determina que las
autoridades que cobran por el aprovechamiento y uso de esas zonas son
los ayuntamientos.
La dependencia, a través de la Dirección General de Zona Federal
Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, indicó que cuenta con el
reporte de recaudación por estados costeros enviados por la Secretaría
de Hacienda, por lo que proporcionó una tabla de los montos de
recaudación por entidad y ejercicio fiscal de 2010 a abril de 2015.
El INAI localizó los convenios de Colaboración Administrativa en
Materia Fiscal firmados por la Secretaría de Hacienda con los gobiernos
de Veracruz y Tabasco, que en su cláusula octava establece que el
municipio deberá enterar al estado y a la SEMARNAT la parte que le
corresponda de los ingresos.
Es decir, el municipio de que se trate debe enterar al Estado y a la
SEMARNAT la parte que les corresponda de los ingresos, y en caso de que
el Estado sea el que administre los ingresos éste proporcionará a dicha
secretaría la información mensual y comprobación de pagos de las
cantidades que le hubieran correspondido al Municipio.
?Los concesionarios y permisionarios que usan, aprovechan y explotan
la zona federal marítimo terrestre, deben pagar los derechos previamente
establecidos en la legislación fiscal aplicable; por lo que, sin duda,
como contraprestación por ese uso y aprovechamiento, el Estado recibe el
pago de las cantidades previstas en la Ley Federal de Derechos, por
cada uno de los conceptos que se indican, los cuales son ingresos que
forman parte de la hacienda pública y respecto de los cuales se debe
garantizar la adecuada transparencia y rendición de cuentas, no
únicamente por lo que hace al destino de los mismos sino también a la
forma en la que se recaudan éstos?, destacó el comisionado Monterrey
Con base en lo anterior, el Pleno del INAI modificó la respuesta del
sujeto obligado y le instruyó a que realice una búsqueda en todas las
unidades competentes, sin que pueda omitir a la Dirección General de
Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros y proporcione al
particular la información de los montos de recaudación por concepto de
derechos por el aprovechamiento de la Zona Federal Marítimo Terrestre
relativos a los municipios costeros del país, en los últimos cinco años;
que en cumplimiento de los convenios de colaboración administrativa en
materia fiscal federal que tenga celebrados, haya recibido mediante los
informes mensuales señalados.JE

Fuente: Internet

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Liz Douret

Editor de Contenidos

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