México.- Este jueves 11 de junio de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional sancionar con entre 40 y 60 años de prisión el delito de feminicidio en el estado de Oaxaca.
De acuerdo con la SCJN, el Pleno determinó que ese rango de condena, la multa y su posible incremento en ciertos casos de feminicidio, son acordes con los principios de proporcionalidad de las penas y reinserción social. Esto debido a que atiende a la gravedad de la conducta tipificada “en relación con el contexto feminicida que agobia al país”.
El proyecto, bajo la ponencia de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, precisa además que este delito es “la manifestación extrema de un cúmulo de violencias contra las mujeres”:
El feminicidio es un fenómeno complejo y pluriofensivo que afecta diversos bienes jurídicos, tales como la vida, la integridad, la libertad sexual y el derecho a la igualdad de las mujeres, y constituye la manifestación extrema de un cúmulo de violencias en su contra.
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¿Qué es el delito de feminicidio?
Según el Gobierno de México, la muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en el sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.
Al respecto, la Suprema Corte señaló que el feminicidio no es un delito común, sino un fenómeno de violencia de género que afecta de forma grave la vida, la dignidad y la igualdad de las mujeres, lo que justifica una respuesta penal más severa.
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Focos de feminicidio en México
De acuerdo con un informe sobre violencia contra las mujeres con corte al 30 de abril de 2026, actualmente 20 municipios concentran 38.3% de los feminicidios registrados en México entre enero y abril de 2026, y la mayoría de esas demarcaciones se ubica en el norte del país.
El reporte perfila focos territoriales en entidades como Sinaloa, Chihuahua, Sonora y Tamaulipas a partir de carpetas de investigación iniciadas ante el Ministerio Público