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SCJN valida facultad de la UIF para bloquear cuentas sin orden judicial

La Corte argumentó que el congelamiento de cuentas no constituye una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa destinada a proteger el sistema financiero nacional

SCJN invalida norma que castiga el delito de
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) | Foto: Cuartoscuro

México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sí tiene facultades para ordenar el bloqueo de cuentas bancarias sin necesidad de contar con una orden judicial previa, siempre que existan indicios de operaciones vinculadas con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

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La decisión se tomó con una mayoría de seis votos a favor y tres en contra, al aprobar el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que ratifica la reforma de 2022 al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Una medida preventiva, no punitiva

La Corte argumentó que el congelamiento de cuentas no constituye una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa destinada a proteger el sistema financiero nacional. Con ello, se dejó atrás el criterio de 2018, cuando se había establecido que la UIF solo podía bloquear cuentas con autorización judicial o a petición de organismos internacionales.

Las instituciones financieras, por su parte, deberán notificar a los usuarios afectados sobre las razones del bloqueo y su inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas, lo que abre la posibilidad de que los implicados interpongan recursos legales para defenderse.

Reacciones y debate

La resolución ha sido interpretada como un fortalecimiento de las capacidades de la UIF, al otorgarle un “superpoder” para actuar de manera inmediata frente a operaciones sospechosas. Sin embargo, especialistas en derecho financiero advierten que la medida plantea retos en materia de debido proceso y garantías individuales, ya que los usuarios podrían ver restringido su acceso a recursos sin una orden judicial previa.

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La SCJN validó que la UIF puede bloquear cuentas bancarias sin orden judicial como medida preventiva contra delitos financieros. La decisión refuerza la estrategia del Estado en la lucha contra el lavado de dinero y el terrorismo, aunque también abre un debate sobre el equilibrio entre seguridad financiera y derechos de los ciudadanos.

Fuente: Internet

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Anastasio Esquivel

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