México.- Este jueves 27 de agosto, la Secretaría de Relaciones exteriores publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el que se reducen los plazos de resolución y prevención para el trámite de Documento de Identidad y Viaje expedido en las oficinas centrales de la dependencia.
En el documento se detalla que en la prestación del servicio de emisión de documento de identidad y viajes es posible instrumentar medidas adicionales que contribuyan a la reducción del costo de la regulación, agilizando la gestión y resolución de los trámites.
De esta forma, el artículo único la Secretaría de Relaciones Exteriores establece los plazos máximos según el trámite a realizar por los ciudadanos, que quedan de la siguiente manera.

El acuerdo entrará en vigor a partir del viernes 29 de agosto; detalla que los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del acuerdo, se atenderán hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio.
La Secretaría de Relaciones Exteriores dentro del plazo de 90 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del acuerdo realizará la adecuación correspondiente por el que se dan a conocer los Lineamientos para el trámite de pasaportes y del documento de identidad y viaje en territorio nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2012, con el objetivo de garantizar la viabilidad y aplicación del presente Acuerdo.