México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que el Buzón Tributario es el principal canal de comunicación digital con los contribuyentes en México. A través de esta herramienta se realizan notificaciones oficiales, se envían avisos fiscales y se reciben documentos o promociones para atender requerimientos de la autoridad.
De manera general, todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitarlo, ya que forma parte de las obligaciones fiscales vigentes. Sin embargo, existen excepciones y supuestos específicos que determinan cuándo su activación es obligatoria o puede ser opcional.
Excepciones y contribuyentes que pueden no habilitarlo
El SAT señala que las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con suspensión de actividades no están obligadas a activarlo, por lo que en estos casos el uso del Buzón Tributario es opcional.
También quedan en situación similar las personas morales con suspensión de actividades ante el RFC, quienes pueden habilitarlo de forma voluntaria mientras permanezcan en ese estatus.
Te puede interesar leer: ¡Atentos! SAT reporta disponibilidad de citas del 1 al 5 de junio
¿En qué casos se vuelve obligatorio habilitar el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario debe habilitarse de forma obligatoria cuando el contribuyente realiza trámites o procedimientos que requieren su uso ante el SAT. Asimismo, se vuelve indispensable si en los últimos 12 meses se han emitido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingresos o se han recibido CFDI de nómina.
En el caso de personas físicas que tributan por salarios y servicios personales subordinados, aquellas con ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio anterior pueden optar por no habilitarlo, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación.
¿Qué otros contribuyentes están obligados a activarlo sin excepción?
Además de los supuestos generales, el SAT establece que quienes se inscriban en el RFC, reanuden actividades o actualicen su régimen para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza deberán habilitar el Buzón Tributario dentro del plazo establecido, ya que forma parte de los requisitos formales para operar dentro del sistema fiscal.
Por otro lado, los contribuyentes con situación fiscal “cancelado” quedan relevados de esta obligación. En todos los casos, el objetivo del SAT es garantizar una comunicación directa, segura y oficial con los contribuyentes a través de medios digitales.Final del formulario