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¿Quién puede cobrar la pensión de un trabajador fallecido? Esto dice el IMSS

El IMSS informó quiénes pueden acceder a una pensión por viudez y cuáles son los requisitos que deben cumplir los beneficiarios

¿Quién puede cobrar la pensión de un trabajador fallecido? Esto dice el IMSS
Línea Directa | Esposos, esposas y concubinos pueden solicitar la pensión por viudez del IMSS si acreditan relación y derechos del asegurado fallecido

México. Las personas que pierden a su esposa, esposo o pareja en concubinato pueden acceder a una pensión por viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas por la Ley del Seguro Social y se acrediten los vínculos correspondientes.

Este beneficio aplica tanto para familiares de asegurados activos como de pensionados fallecidos. De acuerdo con los lineamientos del instituto, la pensión puede ser solicitada por la esposa o esposo del trabajador fallecido y, en ausencia de matrimonio, por la persona con quien haya vivido en concubinato durante al menos los cinco años previos al fallecimiento o con quien haya tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio.

Requisitos para acceder al beneficio

Entre las condiciones principales se encuentra que el asegurado fallecido haya acumulado al menos 150 semanas de cotización al momento de morir, salvo en los casos en que el deceso derive de un riesgo de trabajo.

Además, el trabajador debe encontrarse vigente en sus derechos ante el IMSS. En el caso de los matrimonios, será necesario acreditar legalmente el vínculo, mientras que las parejas en concubinato deberán demostrar la relación mediante los mecanismos establecidos por la institución.

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Cuando la muerte ocurra a causa de un accidente o enfermedad relacionada con el trabajo, el instituto solicita el formato denominado “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”, emitido por los servicios médicos institucionales.

En el caso de los hombres que soliciten la pensión como esposos o concubinarios de una asegurada fallecida, deberán comprobar dependencia económica respecto a ella para poder acceder al beneficio.

¿Qué sucede con quienes buscan pensionarse bajo la Ley de 1973?

Los hombres que soliciten una pensión por viudez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 deberán acreditar además una incapacidad total, la cual será determinada por los servicios médicos institucionales mediante el formato “Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6”.

Beneficios continúan bajo el mismo régimen

El IMSS recordó que, en el caso de beneficiarios de personas ya pensionadas, la prestación económica continuará otorgándose bajo el mismo régimen de la Ley del Seguro Social con el que contaba el pensionado fallecido.

 

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Perla Rodríguez Contreras

Perla Rodríguez Contreras

Editor de Contenidos

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