México. Luego de que se crecretó por parte del Gobierno de México la suspensión temporal de actividades para contener la transmisión de COVID-19, muchas personas han enviadas a trabajar a su casa, pero si no tienen las condiciones para ello, a descansar.
Muchos se preguntas qué va a pasar con mi salario y más aún, ¿me irán a despedir?
Nadie puede obligarte a dejar de trabajar, sin embargo mientras tengas firmado un contrato, estás sujeto a lo que tu patrón establezca siempre y cuando sea por seguridad.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social -STPS- brinda las siguientes recomendaciones al sector patronal para evitar despidos injustificados:
• Suspensión temporal de actividades no esenciales en función de las medidas establecidas en la Jornada Nacional de Sana Distancia.
• Flexibilizar el trabajo, permitir la reorganización de los turnos y el escalonamiento de las jornadas laborales, así como el uso de las tecnologías para minimizar el contacto directo, incluyendo el trabajo a distancia.
• Reducir la asistencia del personal en condición de vulnerabilidad alta como personas adultas mayores, embarazadas y personas con enfermedades.
• Evitar el retorno de trabajadores enfermos sin contar con la evaluación médica.
• Fomentar y brindar confianza para que las y los trabajadores se retiren ante la presencia de síntomas de la enfermedad, a través de la simplificación.
En México no existe hasta este momento decreto o medida que suspenda la obligación de acudir al centro de trabajo, pero tampoco hay sanciones establecidas para las empresas que violen las recomendaciones emitidas.
Por su parte la Ley Federal del Trabajo establece que cuando la autoridad declare la suspensión de actividades derivada de una declaratoria de emergencia sanitaria, las relaciones laborales se suspenderán también, hasta hoy solo se ha emitido a manera de recomendación.