México.- Este viernes 17 de enero la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto a través del cual se prohíben los cigarrillos electrónicos, vapeadores y el fentanilo ilícito.
Este decreto, por el que se adicionan un párrafo quinto al artículo 4 y un párrafo segundo al artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salud, detalla que su entrada en vigor aplicará desde el sábado 18 de enero, un día después de la publicación:
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Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.
Mientras que el artículo 5 especifica que “prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior”.
En tanto, el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este decreto para armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente.
De igual manera, las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en el presente Decreto, dentro de los 365 días naturales siguientes a la publicación de este ordenamiento.
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Es así que, a partir de la fecha señalada, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.