México.- Autoridades han incrementado su trabajo para erradicar la violencia contra los menores de edad y ahora lograron vincular a proceso a un hombre acusado de trata de personas por almacenar videos con contenido erótico donde participaban menores de edad.
La Fiscalía General de la República, a través de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), obtuvo vinculación a proceso en contra de una persona por su probable responsabilidad en el delito de trata de personas en la modalidad de almacenar videograbaciones para sí, en las que participaban personas menores de 18 años de edad en actos pornográficos.
Se trata de Hugo “M”, quien según las investigaciones se determinó que operaba en el estado de San Luis Potosí y fue detenido en junio de 2022, en cumplimiento a una orden de aprehensión emitida por el Juez de la causa, la cual fue ejecutada por elementos de la Policía Federal Ministerial (PFM), de la Agencia de Investigación Criminal (AIC).
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Derivado del trabajo del agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), efectuado en coordinación con la Agregaduría de Investigaciones de Seguridad Interna en Estados Unidos (ICE/HSI, por sus siglas en inglés) y la Policía Federal Ministerial, la investigación fue realizada en el marco de la lucha contra la explotación sexual infantil de la cual el Estado Mexicano forma parte e iniciada por la Policía de la República Federal de Alemania, quienes determinaron que en diversos foros se estarían distribuyendo archivos con contenido pornográfico infantil.
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Delito de pornografía infantil
De acuerdo al Código Penal Federal, comete el delito de pornografía infantil todo aquel o aquella que, sin importar el medio o recurso utilizado, comercie, distribuya o exponga a menores de edad a través escritos, grabaciones, fotografías o imágenes, reales o simuladas.
“Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos”, de acuerdo con el Código Penal Federal.
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