?Ciudad de México.- La PGR dio a conocer, a través de la Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Órganos, que existen en total 147 averiguaciones previas iniciadas por el delito de tráfico de indocumentados.
De ellas, 79 están en trámite, 28 han sido consignadas, 19 fueron
consideradas como incompetencias, 13 en reserva, 4 fueron acumuladas y 4
se autorizaron para no ejercicio de acción penal.
En tanto que la Unidad Especializada en Investigación de Secuestro de la
PGR señaló que se abrieron 17 averiguaciones previas por secuestro y
homicidio de indocumentados; ambas unidades administrativas no
precisaron fechas.
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
(IFAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) entregar
información sobre el total de averiguaciones previas que se han iniciado
desde el 1 de enero de 2000 y hasta el 6 de diciembre de 2010 por la
sustracción, tráfico, transporte, comercialización, venta, trata,
secuestro, extorsión y/o asesinato de indocumentados, desglosadas, aún
en forma cuantitativa, señalando la situación en que se encuentran.
Luego de que un ciudadano presentara una solicitud de información para
conocer estos datos, la PGR se negó a entregar la información completa
debido a que consideró que la Unidad de Enlace no es un medio idóneo
para solicitar este tipo de información.
El argumento fue que el Código Federal de Procedimientos Penales
establece que al expediente de averiguación previa, únicamente tendrán
acceso el inculpado y/o su defensor y la víctima y/o su representante
legal, por lo que orientó al solicitante de la información a acudir ante
el Agente del Ministerio Público de la Federación.
En la resolución del IFAI también se solicitó conocer el número de
averiguaciones previas de aquellos casos en los que se haya determinado
el no ejercicio de la acción penal y haya transcurrido un plazo igual al
de la prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con
el Código Penal Federal.
Ante la respuesta obtenida el ciudadano se inconformó y presentó un
recurso de queja ante el IFAI, mismo que fue resuelto por la comisionada
María Elena Pérez-Jaén Zermeño.
La PGR entregó en sus alegatos al IFAI las respuestas proporcionadas por
las unidades administrativas a las que turnó el requerimiento de la
particular, las cuales contienen diversas cifras relacionadas con los
delitos señalados en la solicitud de información.
Sin embargo, afirmó que no podía entregar esta información a la
recurrente, ya que al estar relacionada con averiguaciones previas, la
misma se encuentra reservada con fundamento en el artículo 14,
fracciones I y III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental, en relación con el artículo 16 del
Código Federal de Procedimientos Penales.
En la resolución del IFAI, se dio a conocer que la PGR cuenta con
información estadística, por medio de la cual puede señalarse la
cantidad total de averiguaciones previas que se han llevado a cabo
respecto de un delito en específico, así como el estado en que las
mismas se encuentran; datos de carácter cuantitativo y estadístico con
los cuales se puede atender la petición de la solicitante.
La información estadística, de acuerdo con Pérez-Jáen, es de naturaleza
pública, independientemente de la materia con la que se encuentre
vinculada, y, por tanto, ésta no puede ser considerada como reservada,
debido a que se trata de datos estadísticos.
Por lo tanto, se determinó que la información proporcionada por cada una
de las unidades administrativas para dar respuesta a la solicitud de
información no puede ser considerada como reservada, ya que no hace
alusión a averiguación previa alguna, ni a los documentos que podrían
integrarla, pues se reitera que se trata de datos meramente
estadísticos.