México. – La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), informó este jueves que las empresas de transporte por aplicación, como Uber, no cuentan con autorización oficial para operar servicios de traslado de pasajeros desde y hacia los aeropuertos del país.
Esta aclaración surge luego de que la empresa Uber promoviera un amparo ante los operativos realizados por la Guardia Nacional en terminales aéreas.
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El Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó una suspensión a Uber, con el objetivo de que los operativos se realicen conforme a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento, evitando actos arbitrarios o discriminatorios. Sin embargo, la SICT subrayó que esta suspensión no representa una autorización para que la empresa preste servicios de transportación en aeropuertos.
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¿Qué opciones tienen los usuarios en aeropuertos?
La SICT reiteró que los usuarios pueden seguir utilizando los servicios autorizados de taxis, así como servicios turísticos y autobuses que cuentan con permisos oficiales para operar en terminales aéreas y trasladar pasajeros hacia puntos específicos.
La dependencia federal hizo un llamado a respetar la normatividad vigente en materia de autotransporte federal y recordó que los servicios de aplicación deben cumplir con los requisitos establecidos para operar en zonas reguladas como los aeropuertos.
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El Gobierno de México mantiene su postura de garantizar el orden y la legalidad en los servicios de transporte público, especialmente en espacios estratégicos como los aeropuertos.