México.– Hace unas semanas los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), recibieron más que buenas noticias al anunciarse el aumento en el monto de su pensión a raíz del cambio al salario mínimo.
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Tomando como referencia el artículo 75 de la Ley del Seguro Social, es al aprobarse y entrar en acción el aumento salarial que anuncia el Gobierno Federal, cuando también se modifica el monto económico a la pensión de los adultos mayores que reciben la pensión IMSS.
Sin embargo, es importante destacar que en las indicaciones que el instituto precisa en su página oficial, se detalla que dicho monto será actualizado anualmente en el MES DE FEBRERO de cada año conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Así que quienes estén bajo los lineamientos de la Pensión Mínima Garantizada, tendrán el beneficio del incremento en el monto de su pensión de manera directa, si tienes duda entra A ESTE ENLACE y corrobóralo por ti mismo.
Recuerda que el salario mínimo general pasa de 207.44 a 248.93 pesos diarios; mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte pasa de 312.41 a 374.89 pesos diarios. Esto representa un incremento de 20% en ambas zonas salariales.
El Gobierno Federal destacó que el aumento de los salarios mínimos generales se integra a partir del salario mínimo vigente en 2023, más la suma de un Monto Independiente de Recuperación (MIR) de 41.26 pesos para la zona libre en la frontera norte y de 27.40 pesos para el resto del país, y un incremento por fijación de 6% sobre la suma de éstos.
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¿Qué se necesita para poder catalogarse como pensionado ante el IMSS?
Para poder incluirte en la lista de beneficiarios de la pensión IMSS todo depende de las semanas que tengas cotizada, es decir, que haya laborado a lo largo de tu vida con el servicio de seguridad social.
Los asegurados por el IMSS tienen la opción de acceder a una pensión bajo dos regímenes diferentes: el de 1973 y el de 1997, siendo requisito indispensable que el trabajador esté registrado ante el instituto antes del 1 de julio de 1997 para poder optar por cualquiera de ellos.