Ciudad de México.- Este sábado 30 de mayo vence la fecha límite para que las empresas realicen el pago de utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) a sus empleados. Las compañías que incumplan con esta obligación laboral pueden ser sancionadas por las autoridades correspondientes.
El reparto de utilidades o pago de PTU es un derecho laboral que tienen los trabajadores en México en donde reciben una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o patrón durante el año fiscal anterior.
¿Qué pasa si una empresa no paga utilidades?
Las empresas que no cumplan con el pago de utilidades pueden enfrentar multas económicas impuestas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
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De acuerdo con la LFT, las sanciones por incumplir con esta obligación pueden ir de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), dependiendo de la gravedad de la falta detectada por la autoridad laboral.
Además de las multas, las empresas podrían enfrentar inspecciones laborales y procedimientos administrativos derivados de las denuncias presentadas por los trabajadores afectados.
¿Cómo reclamar las utilidades no pagadas?
El primer paso es acudir a la Profedet, que brinda asesoría gratuita y representación legal. También se puede presentar la denuncia en las Juntas de Conciliación y Arbitraje o solicitar una inspección laboral para verificar el incumplimiento.
Los documentos básicos que se deben presentar son:
- Identificación oficial.
- Comprobante de relación laboral (contrato, recibos de nómina o constancia).
- Datos de la empresa o patrón.
¿Quiénes sí reciben el pago de las utilidades?
-Trabajadores de empresas privadas que hayan generado utilidades durante el ejercicio fiscal anterior.
-Empleados de planta o eventuales que hayan laborado al menos 60 días en el año, sin importar si siguen contratados al momento del reparto.
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-Ex trabajadores que cumplieron con el tiempo mínimo de servicio, incluso si ya no están en la empresa.
-Sindicalizados y de confianza, siempre que la empresa haya reportado ganancias ante el Servicio de Administración Tributaria