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Reparto de utilidades 2026: ¿Qué hacer y a dónde acudir si no has recibido pago?

Si una empresa no cumple con el pago de utilidades, el trabajador debe acudir a la Profedet o a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para iniciar el proceso legal

Rollo de billetes de quinientos pesos y monedas de diez pesos debajo
Pago de utilidades. | Foto: Ilustrativa

Ciudad de México.- A pocos días para que las empresas paguen utilidades a sus empleados, una obligación establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, si el pago no llega a tiempo hay rutas legales para exigir el dinero.

El reparto de utilidades o pago de PTU es un derecho laboral que tienen los trabajadores en México en donde reciben una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o patrón durante el año fiscal anterior.

De acuerdo con información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, las empresas y patrones tienen como fecha límite de pago hasta el 30 de mayo de 2026 (si trabajas para una empresa). No obstante, el periodo de reparto de utilidades (si trabajas para una persona física) es del 1 de mayo al 29 de junio del 2026.

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¿Cómo reclamar las utilidades no pagadas?

El primer paso es acudir a la Profedet, que brinda asesoría gratuita y representación legal. También se puede presentar la denuncia en las Juntas de Conciliación y Arbitraje o solicitar una inspección laboral para verificar el incumplimiento.

Los documentos básicos que se deben presentar son:

  • Identificación oficial.
  • Comprobante de relación laboral (contrato, recibos de nómina o constancia).
  • Datos de la empresa o patrón.

¿Quién tiene derecho al reparto de utilidades?

Antes de presentar un reclamo, es importante que verifiques si tienes derecho al pago de utilidades y si cumples con los requisitos.

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En general, tienen derecho al reparto de utilidades quienes hayan trabajado al menos 60 días durante el año fiscal anterior en la empresa. Esto incluye tanto a trabajadores activos como a extrabajadores que cumplan con ese requisito de tiempo laborado.

Sin embargo, la ley establece algunas excepciones como:

  • Altos mandos y directivos
  • Trabajadores del hogar
  • Prestadores de servicios por honorarios

Fuente: Línea Directa

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Melissa Martínez

Editor de Contenidos

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