México.– Lo que se anunció hace unos días, ya es oficial: Jóvenes con 18 años cumplidos al momento de una elección ¡pueden ser diputados! Sí, podrán tener su curul en San Lázaro y desde ahí, apoyar las reformas a la ley.
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El decreto firmado por el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se publicó durante la noche del martes 6 de junio en el Diario Oficial de la Federación, y en él se destaca la edad mínima para incluirse en una elección y ser votado para representar los diferentes distritos.
El documento publicado en la emisión nocturna del DOF, a la letra dice lo siguiente:
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente:
DECRETO
“LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y PREVIA APROBACIÓN DE LAS CÁMARAS DE DIPUTADOS Y DE SENADORES DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO LA MAYORÍA DE LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS Y DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
DECLARA
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 55 Y 91 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE EDAD MÍNIMA PARA OCUPAR UN CARGO PÚBLICO
Artículo Único.– Se reforman la fracción II del artículo 55 y el artículo 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 55. Para ser diputado se requiere: Tener dieciocho años cumplidos el día de la elección.
¿Qué pasará para quien busque algún otro cargo? El documento destaca que el Artículo 91 también fue reformado, y que por ejemplo, para ser Secretario de Estado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos.
Así que el tiempo de la juventud llegó para la Cámara de Diputados y a partir de hoy quienes tengan 18 años al momento de una elección, cumplirán con el requisito de la edad mínima para representar a México y tomarán decisiones relevantes en la vida de la población.
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Dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de estas reformas, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas, deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.